Interpretación de las normas

La opinión del Doctor en Derecho y Docente Universitario….

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Hernán A. De León Batista

Con este título obviamente cualquiera puede pensar que este tema es exclusivo para los abogados, y con mayor justificación, para los magistrados y jueces, quienes tienen que practicar a diario el ejercicio de la ciencia de la hermenéutica –interpretación- jurídica;  sin embargo, para el común de los ciudadanos también es importante, a su manera, el ejercicio de la interpretación de las normas jurídicas por el hecho de que van dirigidas a todos los habitantes de un país, para que todos las cumplan. De ahí que exista un adagio que dice: “La ignorancia de las leyes no es excusa de su cumplimiento”.  Nadie entonces puede decir que violó una ley, porque no sabía de su existencia.   Como consecuencia, debe responder por su actuar, tal como sucede, a manera de ejemplo, con nuestros indígenas cuando la costumbre y cultura de ellos, en especial de los hombres, es el de llevarse consigo a mujeres menores de edad, cuando la Ley Penal establece que el tener acceso carnal con una menor de 14 años es considerado violación sexual.

Al analizar la situación jurídico-político de la Procuradora General de la Nación, cualquiera emite su apreciación, su interpretación de las normas jurídicas, específicamente de la génesis del problema: si la Procuradora es o no es autoridad judicial, y si la misma estaba facultada para intervenir comunicaciones privadas, y por ende, si violó y o no violó el Artículo 29 de la Constitución referente a la inviolabilidad de las comunicaciones, así como el Artículo 32 constitucional concerniente al principio del debido proceso, pese a que ya la Corte Suprema de Justicia –quien tiene la última palabra en materia de guarda e integridad de la Constitución- en fallo de 17 de julio de 2007, declaró inconstitucional una Resolución en la que la Procuradora autorizó una intervención telefónica, y por ende, la resolución vulneró los mencionados artículos de la Constitución.

Ahora le toca a la Corte Suprema de Justicia pronunciarse si por dicha violación al Artículo 29 constitucional se configuró un delito y la consecuente responsabilidad a la procuradora Ana Matilde Gómez, así como conocer cuál es su sanción. ¡Amanecerá y veremos!

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Publicado el 23  de enero de 2010 en el Diario El Panamá América, a quien  damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde

Justicia, delincuencia y valores (II)

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La opinión del Doctor en Derecho y Docente Universitario…..

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HERNÁN  A.  DE  LEÓN

Otro nivel de análisis lo constituye el hecho de entender la justicia como valor y fin del Derecho (más que como virtud subjetiva) al que podemos conceptuar juntamente con Norberto Bobbio como “aquel conjunto de valores, bienes o intereses para cuya protección o incremento los hombres recurren a esa técnica de convivencia a la que llamamos Derecho”.

Considero que para hacer las transformaciones necesarias por el correcto sendero de una anhelada administración de justicia es la propia voluntad de todos sus integrantes de querer hacer las cosas correctamente y con la transparencia que la sociedad exige. No es cuestión de muchas reformas judiciales, sino del compromiso y vocación con esta ardua y delicada tarea. Igual sucede con el tema de la delincuencia y la violencia en el país. Por más que hagamos cambios en materia de organización o estructura, como podría ser un futuro Ministerio de Seguridad, si no existe el verdadero cambio en nuestros valores como es el respeto del ser humano, de nada servirá un aumento del número de policía o mejores herramientas de trabajo.

La respuesta tal vez esté en ofrecer una mejor calidad de vida, como es la oferta laboral, la educación oficial que está muy deteriorada, la educación en valores donde todos somos componentes de ella, en especial la TV, la cual transmite una serie de programas que tienen que ver con el mundo real del narcotráfico, prostitución, etc.

Reconozco que varios sectores hacen su pequeño esfuerzo para ir mejorando lo que a diario consideramos como mal; pero, creo que aún muchos nos hemos convertido en cómplices, entes pasivos y hasta complacientes de actos y hechos que van en detrimento de un país en supuesto desarrollo en todo sentido, en especial, de un verdadero Estado democrático. De ahí que considere que debemos aunar esfuerzos para mejorar cada día más, en especial, denunciando todo acto que contravenga la Constitución y la Ley.

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Publicado el  17  de enero de 2010   en el Diario La Estrella de Panamá , a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

Justicia, delincuencia y valores (I)

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La opinión del Doctor en Derecho y Docente Universitario……

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HERNÁN  A.  DE LEÓN

Son dos temas que en los últimos días han acaparado los titulares de los distintos noticiarios, como es la supuesta crisis en la administración de justicia y el problema del incremento de la delincuencia en el país.

Incluso, son varios los editoriales de los principales diarios del país que le han dedicado un espacio al tema de la administración de justicia, lo que denota la importancia de tener un Órgano Judicial y un Ministerio Público con la solidez y respeto de la institucionalidad que debe imperar en todo Estado de Derecho, porque la Administración de Justicia es considerada el corazón de la democracia de todo Estado.

Sin embargo, estos dos temas mencionados van ligados a un tercero, que pareciese lo hemos dejado en el olvido, como es el relativo a los valores, pues, sin unos adecuados valores morales y/o éticos de la sociedad en general, de muy poco nos sirven los que tenemos hoy en día para tener una eficiente, eficaz, transparente y expedita administración de justicia, si se está pensando siempre en sacar algún provecho de una determinada situación, así como vivir en una sociedad de paz, específicamente por el respeto de la dignidad de un ser humano, toda vez que la delincuencia actualmente ya no se limita a un simple robo, sino que lesiona el derecho más preciado de una persona, como es su vida.

Por lo anterior, es que considero importante reflexionar respecto a la teorización sobre la justicia que hizo el autor Hans Kelsen cuando dice: “ La Justicia es para mí aquello cuya protección puede florecer la ciencia, y junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia ”.

Sigue mañana..

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Publicado el  16  de enero de 2010   en el Diario La Estrella de Panamá , a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

Nueva Presidencia de la Corte

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La opinión del Doctor en Derecho y Docente Universitario…
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Hernán A. De León Batista

Recientemente el Pleno de la Corte Suprema de Justicia escogió al Magistrado Aníbal Raúl Salas Céspedes como su nuevo Presidente para el bienio 2010-2011, noticia esta que recibo con satisfacción, ya que como ex Asistente de Magistrado de la Corte, me consta que el mismo es una persona respetuosa, un profesional comprometido con la Administración de Justicia, muy estricto y ante todo humilde.

Por ello, frente al rumor de que el nuevo Magistrado Alejandro Moncada podría ser el próximo Presidente de la Corte, con el mayor respeto consideraba que todavía no era su momento, ya que apenas empezará la delicada labor de la judicatura, frente a la experiencia ha obtenido en estos últimos años el Magistrado Salas, quien conoce internamente de las necesidades de cambio, especialmente las internas, que requiere el Órgano Judicial, destacándose el establecimiento de un eficaz y eficiente sistema de selección de magistrados y jueces, así como el resto de los servidores judiciales, por medio de la Carrera Judicial, donde sea irrestricto el apego a los méritos de los aspirantes.

Confío en que el nuevo Presidente de la Corte, Magistrado Salas, junto a su Vicepresidente, Magistrado Alberto Cigarruista Cortés, quien ha venido trabajando los últimos años por un Código Agrario y las reformas procesales civiles, tomen conciencia de los grandes cambios que se deben dar en el Órgano Judicial, a fin de que la ciudadanía tenga la confianza de una institución que ha sido cuestionada en los últimos años, y que exista la confianza de los ciudadanos cada vez que van en busca de la tutela judicial efectiva, aunado, que de seguro ellos compartirán, de la necesidad de una nueva jurisdicción de protección de los derechos fundamentales, así como de una posible creación de Sala Constitucional o Tribunal Constitucional, tal como manifestó el Magistrado Cigarruista en el programa televisivo Debate Abierto del día lunes 4 de enero del presente año.

Esperemos que con la experiencia que tiene el Magistrado Salas en todos estos años en la Corte Suprema de Justicia, sea de mucho provecho para mejorar nuestro sistema judicial que tanto reclama la sociedad panameña.

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Publicado el 8 de enero de 2010 en el Diario El Panamá América, a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

Al nuevo presidente de la Corte

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La opinión del Jurista, Doctor en Derecho y Docente universitario…..

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HERNÁN A. DE LEÓN B.

La administración de justicia ha sido objeto de muchos cuestionamientos, por lo que la escogencia del magistrado Aníbal Salas como presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), considero —y espero no equivocarme— que le da un respiro y esperanza a quienes buscan la tutela judicial efectiva en este importante Poder del Estado, al igual que la esperanza a los funcionarios judiciales que esperan mejores condiciones de trabajo, incremento salarial y un sistema verdaderamente basado en méritos, como debe ser la Carrera Judicial.

Da esperanza a un Poder Judicial que requiere de grandes transformaciones, pues, en algún momento se escuchó el rumor de que el nuevo magistrado Alejandro Moncada aspiraba al cargo, pero considero que no era su momento, porque otros miembros de la CSJ, como el magistrado Salas, con varios años al frente de la judicatura, conocen con mayor profundidad los cambios que deben hacerse, especialmente a lo interno del Órgano Judicial.

Tal como lo expresó el nuevo vicepresidente de la CSJ, magistrado Alberto Cigarruista, en el programa Debate Abierto del pasado 4 de enero, aunado a que —en lo poco que conozco del magistrado Salas, en el trato que he tenido con él como asistente de magistrado de la CSJ que fui— me pareció un profesional serio, íntegro y estricto, que se ha mantenido en el estudio constante del Derecho.

Por todo lo anterior, espero que el magistrado Salas no pierda su humildad, exhortándolo a que los cambios que pretenda realizar no se hagan en forma radical, sino en consenso con la mayoría.

La tarea y reto de liderar la CSJ en una sociedad con las complejidades que nacen, requiere de un hombre multilateralmente integrado, que entienda el elevado valor e importancia de la trascendente función que está destinado a cumplir en su comunidad, como el árbitro final para lograr, en el ámbito personal de los ciudadanos, el ideal de la justicia; de un hombre consciente de que en su trinchera se libran a diario intensas y rudas batallas en las que es preciso que triunfe la verdad como arma insustituible para salvaguardar los bienes, el patrimonio y sobrestimar la libertad de sus connaturales, que confían ciegamente en su sabiduría, imparcialidad y sensibilidad humana, como único medio para transitar, en el presente y futuro, en el marco de los valores esenciales del hombre, patrimonio de hoy y de siempre.

Es indispensable que el magistrado Salas esté consciente, no solo de su papel como presidente de la CSJ, sino de la evolución y desarrollo en general de la sociedad de la que es parte y la que está obligado a servir con honradez intelectual y probidad, pues, en ocasiones, el principal obstáculo para alcanzar el ideal de impartir justicia son las presiones políticas y económicas, que atentan contra la independencia e imparcialidad de los órganos judiciales.

Le deseo el mayor de los éxitos.

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Publicado el 7  de enero de 2010 en el Diario La Estrella de Panamá , a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

Un discurso presidencial diferente

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La opinión del Doctor en Derecho y Docente Universitario…..

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Hernán A. De León Batista

El pasado 2 de enero del presente año, mientras muchas personas gozaban de un fin de semana largo por año nuevo, ya sea en las playas –donde concurrieron miles de personas como ya es tradicional- o en el interior del país,    se daba un hecho histórico como es el inicio de una legislatura en el mes de enero, como consecuencia de las últimas reformas constitucionales, cuyas sesiones ordinarias ahora son de enero a abril y de julio a octubre.

En dicho inicio de la segunda legislatura de la actual Asamblea Nacional, el Presidente Ricardo Martinelli dio un discurso de su gestión ante el Pleno, cuyo contenido se caracteriza por ser un discurso totalmente diferente en comparación a los discursos que han dado los últimos presidentes de la república en el inicio de sesión de cada legislatura.

Y menciono que es diferente, ya que el mismo pese abordar tópicos que generalmente se ponen en conocimiento, como son los aspectos económicos de la nación, la agenda de salud, educación, entre otros, el Presidente Martinelli emitió un mensaje a la Señora Procuradora de la Nación, en el sentido que “no se deje amedrentar por quienes la nombraron; usted no le debe nada a ellos ni a nadie; usted se debe a la justicia y al pueblo panameño”.

Al analizar este mensaje, de seguro algunos considerarán que se trata de una injerencia con los otros Poderes del Estado, específicamente el de una injerencia en el Ministerio Público con el objeto de ver tras las rejas a algunos ex funcionarios del gobierno pasado y que miembros del PRD han calificado de que el Presidente Martinelli practica el terrorismo judicial; sin embargo, ante tanta impunidad, creo el discurso del presidente de la república es positivo en la actualidad, ya que lleva un mensaje claro en el sentido que nadie está por encima de la Ley, y que el hecho que si alguien nombró a un determinado funcionario no es óbice para que éste no persiga o investigue la posible vinculación de un ex funcionario con la vinculación de un delito.

Reconozco que estar en una posición como la de la señora Procuradora de la Nación debe ser muy difícil cuando tiene el deber de investigar a personas que tienen una estrecha vinculación con el partido político del ex Presidente de la República Martín Torrijos, incluso de él mismo, si eso lo amerita.

De ahí que considere que si ella u otra persona no está preparada para afrontar la difícil tarea que le compete, seria mejor renunciar, tal como ya lo esbozó el comentarista Juan Carlos Tapia en el programa del pasado 31 de diciembre de 2009.

Ojalá este mensaje esgrimido por el Presidente Martinelli pueda ser comprendido por nuestras autoridades de instrucción y autoridades judiciales, con el objeto que no exista más impunidad en nuestro país y se respete íntegramente la Constitución y la Ley.

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Publicado el 5  de enero de 2010 en el Diario El Panamá América, a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

¿Se necesita una reforma constitucional?

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La opinión del Doctor en Derecho y Docente Universitario.,…

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Hernán A. De León Batista

Empieza un nuevo año y ya se escucha el rumor de posibles reformas constitucionales, incluso, algunos ciudadanos han traído a los foros la advertencia del tema de la reelección presidencial inmediata, pese que el presidente Martinelli sólo tiene seis meses en el poder, por lo que es fácil pensar que cada vez que se habla de cambios en torno a las reglas del juego político generan inestabilidad e incertidumbre.

En este sentido, habría que preguntarse si estas modificaciones constitucionales, las cuales se han dado en los últimos tiempos en Latinoamérica, específicamente en el tema de la reelección presidencial, generan estabilidad y aumentan la calidad de nuestras democracias. O, por el contrario, hacen que los ciudadanos se pregunten si esos cambios tienen que ver con un intento de los políticos por perpetuarse en el poder.

El autor Gabriel Negretto, en un artículo titulado “Paradojas de la Reforma Constitucional en América Latina, en Journal of Democracy, Vol. 1, julio 2009, manifestaba que en tanto los cambios de reglas son costosos y generan incertidumbre, los actores políticos prefieren mantener las instituciones existentes o, si hay que reformarlas, realizar modificaciones menores y de detalle.

Este razonamiento teórico es particularmente certero cuando se trata de reglas constitucionales que requieren la formación de amplias coaliciones; sin embargo, esta hipótesis no parece verificarse en la realidad en contextos políticos, sociales y económicos cambiantes, y así se refleja en todos los países latinoamericanos que han cambiado o reformado sus constituciones desde 1978 a la actualidad.

Desde hace un tiempo he considerado que la Constitución Política requiere de modificaciones muy profundas, de carácter integral y no de manera parcial como ha sucedido en las distintas iniciativas, aunque admito que en las últimas reformas constitucionales –año 2004– se dieron cambios muy significativos, como fue el límite en el número de diputados, el impedimento de que no pueda ser nombrado magistrado de la Corte Suprema de Justicia quien esté ejerciendo o haya ejercido el cargo de diputado o suplente de diputado, o quien esté ejerciendo o haya ejercido cargos de mando y jurisdicción en el Órgano Ejecutivo durante el período constitucional en curso; el reconocimiento constitucional de la acción pública de hábeas data; la ampliación en la procedencia de una acción de hábeas corpus, es decir, no sólo cuando un individuo está detenido fuera de los casos previsto en la Constitución y en la ley, sino también cuando exista amenaza real o cierta contra la libertad corporal, o cuando la forma o las condiciones de la detención o el lugar donde se encuentra la persona pongan en peligro su integridad física, mental o moral o infrinja su derecho de defensa.

No obstante lo anterior, así como cambian muchas cosas en la vida del ser humano, cambia la tecnología, cambian los modelos de autos, etc., igualmente el derecho es cambiante. De ahí que la ley fundamental –Constitución Política– debe igualmente sufrir los cambios que requiere una sociedad contemporánea, la cual me parece que los mismos pueden ser muy legítimos desde una Asamblea Constituyente, específicamente por medio de la Asamblea Constituyente paralela para adoptar una nueva Constitución, conforme lo dispone el artículo 314 de la Constitución, aunque sinceramente creo que nuestro país no está preparado culturalmente todavía para una Asamblea Constituyente.

Por medio de cualquiera de las otras dos iniciativas de un Acto Constitucional, contemplado en el artículo 313 de la Constitución, me parece más viable, y de ser así, considero que sería oportuno abordar temas como es el examen minucioso del Título II constitucional –Nacionalidad y Extranjería- ya que la laguna jurídica que el mismo contiene no pudo resolver con facilidad la situación del alcalde Bosco Vallarino. Igualmente, comparto la posible iniciativa de reformas en temas electorales como es la llamada segunda vuelta, así como la elección popular de los gobernadores, aunque sinceramente y con mucho respeto, mi criterio sería eliminar ese cargo.

En cuanto al tema de la reelección presidencial inmediata, considero que esto tiene sus pros y sus contras. Como ventaja, tiene la de prolongar una gestión gubernamental con un programa y un equipo de gobierno durante un periodo prolongado, asegurando así su exitosa implementación, pero también con la desventaja para otros adversarios políticos, quienes deberán luchar desde el llano mientras el presidente en funciones aprovecha su posición para hacerse propaganda desde el poder.

Llegará el momento y la ciudadanía será la que decidirá los cambios constitucionales que considere oportuno, incluyendo el tema de la reelección presidencial inmediata, tal como existe en Estados Unidos y en muchos países suramericanos como son Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia y Ecuador.

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Publicado en 2  de enero  de 2010  en el diario La Prensa a quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde.

Y después de la designación de los magistrados, ¿qué?

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La opinión del Doctor en Derecho y Docente Universitario….

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HERNÁN A. DE LEÓN B.

Independiente del nombramiento que hizo el Ejecutivo de los nuevos magistrados para la Corte Suprema de Justicia, es decir, José A. Almengor y Alejandro Moncada L., con sus respectivos suplentes, Wilfredo Sáenz y Zaira S. de Latorraca, es importante que los mismos, junto con el resto de los magistrados que conformarán el Pleno a partir del año 2010, tomen conciencia de la misión que tienen por delante, específicamente en la confianza que espera tener la ciudadanía al momento de la búsqueda de una tutela judicial efectiva. Igualmente tendrá un gran peso de responsabilidad el magistrado que salga escogido como presidente del máximo tribunal de justicia, a fin de que con su liderazgo puedan cumplirse metas muy claras y precisas para mejorar la administración de justicia, tan cuestionada en los últimos años.

De seguro los nuevos magistrados entrarán primeramente en la curva de aprendizaje en cuanto a la forma de tramitación de los expedientes, tal como ha sucedido en algunas ocasiones cuando inician labores a nivel de la Corte, apoyados con la ayuda de los asistentes de magistrados, quienes por años laborando en la administración de justicia, han aprendido el carácter científico de los métodos de aplicación del Derecho, es decir, en la técnica para la elaboración de una sentencia. Posteriormente, tendrán que imprimir un plan ambicioso para afrontar las quejas que se le endilgan a la administración de justicia, entre las que se destacan la mora judicial y el combate a la corrupción interna de la institución, y para ello, debería examinarse ampliamente el método de selección de los jueces donde los mismos sean nombrados por un verdadero concurso judicial mediante exámenes de oposición, examinándose el perfil académico y compromiso de juzgar con honestidad, eficiencia y eficacia.

Igualmente, dentro de ese plan deberían retomarse algunos aspectos desarrollados en el Pacto de Estado por la Justicia, como es la transformación de la justicia de policía —el de alcaldes y corregidores— a jueces de paz adscrito al Órgano Judicial, así como la revisión de varios códigos nacionales, como es el Código Civil, la reforma a la jurisdicción contencioso—administrativa, la creación de un nuevo Código de la Familia, así como la revisión de dicha jurisdicción, al igual que el de niñez y adolescencia, la viabilidad de una nueva jurisdicción especializada en la protección de los derechos fundamentales y derechos humanos (Sala Quinta), la viabilidad de un sistema de evaluación de desempeño en la Carrera Judicial, la coordinación con el Sistema Penitenciario, la futura implementación del sistema acusatorio, entre otros temas de mucha relevancia para fortalecer la administración de justicia.

Considero que igualmente debería establecerse el tema de la responsabilidad patrimonial del Estado o del Órgano Judicial específicamente, como consecuencia en las fallas, negligencia o error en la actividad jurisdiccional, tal como acontece en otros países, a fin de que el usuario de la administración de justicia sea indemnizado por dichas fallas. Esperemos que los nuevos magistrados tomen conciencia del delicado rol que le exige la sociedad.

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Publicado en 24 de diciembre de 2009 en el diario La Estrella de Panamá a quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde.

El delito de peculado de uso

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La opinión del Doctor en Derecho y Docente Universitario…..
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Hernán A. De León Batista

Mediante la Ley 14 de 18 de mayo de 2007, con sus respectivas modificaciones en el año 2008, se ha ampliado el catálogo de delitos contemplado en el Código Penal, y de los ya existentes, se dio un cambio trascendental en el aumento de su sanción.

En este sentido, nos encontramos con el delito de peculado, específicamente en la modalidad de uso, el cual puede ser considerado el más frecuente en cometerse, pero estadísticamente en uno de los menos investigados y por ende juzgados, dentro de los delitos genéricos Contra la Administración Pública.

Este tipo penal del peculado de uso se define así: “El servidor público que, para fines ajenos al servicio, use en beneficio propio o ajeno, o permite que otro use dinero, valores o bienes que están bajo su cargo por razón de sus funciones o que se hallen bajo su guarda será sancionado con prisión de 1 a 3 años, o su equivalente en días multas o arresto de fin de semana”.

El peculado de uso surge como una medida del Estado para evitar el abuso y los excesos en que pueden incurrir los servidores públicos al darle a los bienes bajo su cuidado y responsabilidad un uso indebido propiciando la negativa imagen del sector gubernamental.

Los casos más comunes que podemos encontrar en este tipo de peculado de uso es la utilización de materiales como hojas, tinta de impresora, etc., para hacer trabajos privados como pueden ser los de universidad; la utilización de vehículos oficiales, ya sea con cinta amarilla o sin ella –“under cover”- para hacer diligencias personales, incluso para irse a las playas, etc.; el uso del tiempo destinado para la actividad pública en cuestiones particulares, como podría ser cuando un funcionarios en horas labores está ejerciendo como docente en alguna universidad, lo cual era bastante común en la figura de algunos jueces, entre otros actos que pueden considerarse como peculado de uso.

Es por lo anterior que considero que el combate a este mal –uso indebido del tiempo y bienes-, el cual no es exclusivo de los servidores públicos ya que el mismo también se da en el sector privado, no debe prevenirse con normas penales para el caso de los servidores públicos o con reglamentos disciplinarios para el sector privado, sino también con una eficiente fiscalización.

Para ello, dentro del sector público considero que la nueva Contralora General de la República, Gioconda de Bianchini, debe fortalecer la Dirección de Fiscalización General, a fin de que se realicen los operativos pertinentes, especialmente en el uso inadecuado de los vehículos estatales, con el objeto que los bienes que son pagados por nuestros impuestos sean eficientemente utilizados.

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Publicado  el  18 de diciembre  de  2009 en  el  diario  El  Panamá  América,   a   quien damos, lo mismo que al autor,  todo el crédito que le corresponde.

Forma de nombramiento de los magistrados de la Corte

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La opinión del Doctor en Derecho y Docente Universitario….
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HERNÁN A. DE LEÓN
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Recientemente culminó la convocatoria del Consejo de Gabinete para el reemplazo de dos magistrados de la Corte, y sus suplentes, teniendo como resultado la Comisión Especial de Credenciales, creada por el Ejecutivo, un Informe en el cual certifica que 71 ciudadanos están debidamente acreditados para ejercer el cargo de magistrado y/o suplente a magistrado de la Corte.

Sin embargo, el presidente Ricardo Martinelli manifestó que los dos nuevos magistrados no necesariamente saldrían de dicha lista. En este sentido, al estudiar el método o forma de nombramiento de los magistrados de la Corte, establecido en el artículo 203 de la Constitución, se establece de manera muy clara que el mismo será mediante acuerdo del Consejo de Gabinete, con sujeción a la aprobación del Órgano Legislativo, para un período de diez años, por lo que legalmente el Ejecutivo puede hacer los nombramientos fuera de la lista de los 71 aspirantes que presentaron su debida documentación, específicamente en lo relativo a la certificación expedida por el Ministerio de Gobierno y Justicia, conforme lo dispone el artículo 78 del Código Judicial.

No obstante, esta forma de nombramiento, la última reforma constitucional —año 2004— introdujo un cambio importante, que, a mi parecer, es a la vez un avance y un retroceso en cuanto al nombramiento de los suplentes de magistrados, porque el citado artículo 203 establece taxativamente que solo podrán ser designados suplentes los funcionarios de Carrera Judicial de servicio en el Órgano Judicial.

Es un avance, porque se da la oportunidad de que muchos funcionarios judiciales, que le han dedicado casi toda su vida laboral a la administración de justicia, lleguen a explotar su experiencia a nivel del máximo tribunal de justicia del país; pero, dicha norma coarta a muchos otros abogados y abogadas, que no laboran en el Órgano Judicial, como podrían ser incluso funcionarios del Ministerio Público, a ejercer este cargo. Por otro lado, la mayoría de los funcionarios judiciales tiene experiencia en el campo del Derecho Civil o Derecho Penal, siendo casi nulo en el campo del Derecho Contencioso—Administrativo, lo que dificultaría para el Ejecutivo el nombramiento de los más idóneos para ocupar el cargo de suplente de magistrado para la Sala Tercera.

De ahí que considere que debe plantearse una reforma constitucional, para que los suplentes de magistrados puedan ser nombrados de forma abierta, sin más limitaciones para tener los profesionales más idóneos. Ante esta polémica en la forma de escogerse un magistrado de la Corte y con el fin de fortalecer el Estado de Derecho y la independencia judicial, considero que debemos ir pensando en una Asamblea Constituyente.

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Publicado el 15 de diciembre en el diario  La  Estrella  de  Panamá, a  quien  damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde.

Los magistrados de Martinelli

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La opinión del Abogado y Docente Universitario….
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Hernán A. De León Batista

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El día lunes 7 de diciembre, víspera del día de la madre, fue de mucha expectativa para Panamá, ya que supuestamente en la sesión del Consejo de Gabinete de esa fecha, se nombraría a los dos nuevos magistrados de la Corte que deben reemplazar a los magistrados Arjona y Troitiño; sin embargo, los nombres no salieron a relucir, dando esperanza para muchos la intención del Presidente Martinelli de nombrar a los mejores profesionales del derecho para estos cargos de alta investidura del Estado y no mencionar los nombres de los supuestos “ungidos”, conforme se han venido divulgando en los medios, y con mayor razón, cuando el Vicepresidente Varela ha mencionado que a la administración de justicia hay que inyectarla de sangre nueva.

Por otro lado, ahora los medios de comunicación recogen la noticia que el Presidente Martinelli ampliará sus opciones para escoger a los nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia, quienes no necesariamente los dos abogados son de la lista de los 71 aspirantes que presentaron sus hojas de vida a la comisión de credenciales nombrada por el Órgano Ejecutivo. En este sentido, desde un inicio he manifestado que independientemente de la existencia de un método de auto-regulación del Ejecutivo para darle mayor transparencia al método de nombramiento de los Magistrados de la Corte, en el sentido que se conozcan públicamente los aspirantes y que la ciudadanía pueda objetarlos, es clara la disposición constitucional de la forma de nombrarlos que dispone el artículo 203. De ahí que es facultad exclusiva del Consejo de Gabinete el nombrarlos, y mayor aun, si entre los planes del Presidente Martinelli está el de hacer una transformación integral del sistema de administración de justicia, con el respeto de la separación de poderes del Estado.

Considero que un nuevo giro a la administración de justicia no está exclusivamente en el nombramiento de dos magistrados de la Corte, por este momento, sino el de hacer una transformación sistémica en muchos aspectos; sin embargo, es importante que los nuevos magistrados estén sintonizados con el verdadero cambio que requiere la administración de justicia, especialmente en el claro combate a la corrupción, mediante la irrestricta aplicación de la Ley.

Esperemos que el Presidente Martinelli junto con su Gabinete de Ministros pueda sorprendernos a todos con el nombramiento de dos juristas comprometidos con la honestidad y la vocación de impartir una justicia eficiente y eficaz.

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Publicado el 12 de diciembre de 2009 en el diario El Panamá América, a  quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde.

La carrera hacia la Corte

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La opinión del Abogado y Docente Universitario….

Hernán A. De León Batista

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En los últimos días, han sido varios los editoriales de los distintos medios de comunicación, así como programas de opinión, que han dedicado un espacio al tema de la administración de justicia, en especial a lo relacionado en el nombramiento que debe hacer el Consejo de Gabinete, mediante acuerdo, con sujeción a la aprobación del Órgano Legislativo, para las dos vacantes a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia a partir del próximo 1º de enero del 2010.

En este sentido, como ciudadano y profesional del derecho que le dediqué 12 años a la administración de justicia, conociendo con mucha profundidad la interioridad de este delicado trabajo, en virtud de ocupar distintos cargos desde los tribunales de menor jerarquía hasta el máximo tribunal de justicia -Corte Suprema de Justicia-, y desde un tiempo atrás en la práctica privada, al hacer un examen particular de muchos de los aspirantes, conforme su trayectoria pública, he podido denotar con el respeto que se merecen cada uno de ellos, gracias al derecho democrático que se vive en Panamá, que algunos no tienen la trayectoria académica, de experiencia, solvencia moral, entre otros aspectos que se requieren para ocupar uno de los cargos más importantes dentro del Estado, y de la cual pasamos a desarrollar resumidamente.

Primero que todo, hay que considerar que se trata de una vacante para la Sala Penal y otra para la Sala Contencioso Administrativa, siendo la primera de ellas la que mayor cantidad de aspirantes tiene experiencia en ese ramo, contrario a lo que ocurre con la Sala Tercera, donde es un mínimo el que reúne experiencia en materia administrativa, aunado que también deben de conocer de Derecho Constitucional, Derechos Humanos, Derecho Internacional, entre otras ramas del Derecho, ya que la guarda e integridad de la Constitución, así como el máximo tribunal de decisión, conforme competencia y jurisdicción (ya sea en amparo, hábeas corpus, hábeas data), está vedado para el Pleno de la Corte Suprema de Justicia.

De ahí que muchas veces son los Asistentes de los Magistrados de la Corte, llamados letrados o secretarios en otros países, quienes deben enseñarles al principio el trabajo a los recién llegados magistrados.

No hay duda que existen excelentes aspirantes para la Sala Penal, destacándose a mi parecer, Wilfredo Sáenz, Juan Francisco Castillo, María Eugenia López, Dimas Guevara, Gabriel Fernández, Maribel Cornejo, Idalides Pinilla, José Almengor, entre otros, y para la Sala Contencioso Administrativa, Ernesto Cedeño, Víctor Méndez Fábrega, Luis Palacios, Guillermo Márquez, Arturo Vallarino, entre otros, con el fin que los nuevos magistrados tengan el compromiso de hacer la transformación y cambios que requiere nuestro sistema de justicia, el cual ha sido constantemente criticado, ya que se pueden hacer las mejores leyes en materia judicial, como es el nuevo proceso penal acusatorio, un nuevo Código Penal, el aumento de pena a los menores de edad que cometen delitos graves, el aumento de tribunales, la implementación de mejores equipos tecnológicos, etc.

Sin embargo, si no existe el verdadero cambio de mentalidad por parte de nuestros servidores judiciales, el problema va a seguir, creando mayor erogación al Estado y un descontento por parte de la población. De ahí que se necesite un nuevo liderazgo en nuestra administración de justicia, tal como viene aconteciendo en el Ejecutivo.

Esperemos que las nuevas autoridades judiciales comprendan el alto compromiso que tienen con la Nación. ¡Amanecerá y veremos!

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Publicado el  3  de diciembre de 2009 en el diario El Panamá América, a  quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde.