El triunfo del derecho y la razón

Sobreseimiento definitivo a favor del Ing. Roger Moscote y el Lic. Melitón Sánchez.  La opinión de…

ROLANDO VILLALAZ
villasoc@yahoo.es

Dos importantes sentencias se han dictado en los inicios del año 2011, reivindicando a la Administración de Justicia, a los Tribunales y jueces. Por una parte, el Segundo Tribunal Superior ratificó y confirmó la sentencia dictada por el Juzgado Decimoquinto Penal donde se dictó sobreseimiento definitivo a favor del ingeniero Roger Moscote y el licenciado Melitón Sánchez, sobre supuestos actos irregulares en torno a dineros de la Delegación de Panamá que fue a los Juegos Olímpicos de Atenas en el año 2004.

No solamente se demostró su total inocencia, sino que se evidenció la mala fe de quienes dirigiendo el Instituto Panameño de Deportes y la Contraloría General, torcieron informes para aplicar leyes que no se le pueden aplicar al Comité Olímpico y usar Manuales que solo tienen vigencia para federaciones y organizaciones deportivas de menor jerarquía al Comité Olímpico.

Fue este proceso en el cual, violando la presunción de inocencia, se linchó mediáticamente a estas personas y se les condenó anticipadamente, calumniando e injuriando, sin pruebas de ningún tipo, en una tarea donde hasta el Ministerio Público colaboró violando elementales garantías constitucionales. Se demostró que ningún dinero se usó indebidamente y que hasta se le devolvió al INDE más de 60,000 balboas que no se habían usado.

La otra sentencia la acaba de dictar el Juzgado Décimo de Circuito Ramo Penal, en un proceso desfigurado desde su inicios y montado ante los medios como un ‘show’ donde se vilipendió a mas no poder a los directivos del Comité Olímpico de Panamá, violándose la reserva del sumario y la presunción de inocencia, sin importar su honra ni sus familias en una demostración abierta de que se quería sacar a los directivos del Comité Olímpico a como diera lugar, a pesar de que lo único que estos hicieron fue acatar un fallo de un tribunal de justicia y con el aval del COI y la ODEPA, para hacer nuevas elecciones en base a los Estatutos de 1970, que permiten la vigencia de la Carta Olímpica en la República de Panamá sin cortapisas ni limitaciones.

Estos fallos son una bofetada a los que usando los medios de comunicación se prestaron para una sistemática campaña de ataques personales, injurias y hasta poco faltó para que le pidieran a los Jueces que ellos redactarían las sentencias.

Es una lección para quienes creen que se puede torcer la justicia para darle la razón a quien usurpa un organismo fantasma que no tiene reconocimiento de nadie fuera de Panamá y que solo ha servido para que unos cuantos avivatos reciban apoyos disimulados o abiertos de los Directores del INDE o Pandeportes de turno, para socavar al Comité Olímpico y seguir ellos fantaseando una representación hecha a base de violaciones a la ley panameña, a la Carta Olímpica y al sentido común.

Como un castillo de arena o de naipes se han ido cayendo cada una de las mentiras y falsedades que se han estado vociferando todos estos años de quienes creen que pueden sustituir a los tribunales con campañas amenazantes e intimidantes y con vulgaridades de todo tipo para forzar algo que nunca ha estado cerca de la verdad.

Quienes en este periodo han alegremente jugando con la honra y la decencia de las personas, sepan que existe el delito de calumnia judicial y simulación de hechos punibles, para los que con temeridad creen alegremente que se puede ir a los tribunales para usarlos de trampolín para la infamia y la descalificación pueril de sus adversarios.

Sabemos que las autoridades del Comité Olímpico Internacional y de la Organización Deportiva Panamericana con la Asociación de Comités Olímpicos Nacionales han tomado debida nota de estos acontecimientos y debe el Gobierno Nacional actuar en consecuencia antes de que sea demasiado tarde para el deporte panameño que no resiste más farsantes de opereta barata.

<> Este artículo se publicó el 9 de enero de 2011   en el Diario La Estrella de Panamá, a quienes damos,  lo mismo que al  autor,  todo el crédito que les corresponde.

Ignorancia y arbitrariedad

Existe un sospechoso silencio de Pandeportes en algunas elecciones y en otras sí actúa con abuso de autoridad.   La opinión de….


ROLANDO  VILLALAZ
villasoc@yahoo.es

En las elecciones de las federaciones y organizaciones deportivas que se vienen efectuando es evidente y abierto el criterio discrecional y selectivo que tienen las actuales autoridades de Pandeportes para ser acuciosos y buscarle la quinta pata al gato a las elecciones del baloncesto o béisbol, por citar unos ejemplos, pero actuar de manera pasiva o permisiva cuando pasan cosas muy similares en el fútbol o en el atletismo, por citar otros.

Mas allá de la campaña mediática llena de insultos y ataques difamatorios, la situación actual me recuerda la década de los 80, cuando el Instituto Nacional de Deportes se la enfiló, entre otras federaciones, a la de fútbol, que presidía el licenciado Carlos ‘Pepe ‘ Vásquez (q.e.p.d.) y había la determinación de llevar a cabo con los agentes regionales todo tipo de irregularidades que permitieran sacar a esa Junta Directiva. Como miembro de la misma, recuerdo perfectamente lo que era enfrentar al poder de quienes estando en el Gobierno, querían imponer a otra directiva más complaciente y sumisa a la presidida por Pepe Vásquez.

Anoto este hecho, pues el INDE ayer o Pandeportes hoy, o como quieran llamarle, ha sido siempre utilizado en distintos momentos y épocas para manipular resultados en elecciones de federaciones deportivas y más cuando se creen eternos en esos puestos, ambicionan con tener al Comité Olímpico como un apéndice de otra entidad gubernamental, o tener en esos puestos a gente que le haga la venia a los que tienen el poder circunstancial o coyunturalmente. En el caso que nos ocupa, el propio Pandeportes dictó la Resolución 20 a través de su Consejo o Junta Directiva, supuestamente para regular el proceso electoral que termina en diciembre de 2010. Esa Resolución, como tampoco la Ley 50 de 2007 ni el Decreto 599, permiten por ninguna parte convertir de manera ‘mágica’ a una liga distritorial en liga provincial, habiendo en esa misma provincia otras ligas distritoriales existentes en ese momento.

Hacer eso se llama abuso de autoridad y extralimitación de funciones, pues un servidor público no puede interpretar la ley sino hacer lo que la misma le dice y nada más. Tampoco esa Resolución 20 permite que unas ligas de corregimiento o distritoriales o bien provinciales, puedan por un supuesto ‘derecho propio’ convocar elecciones a espaldas de las federaciones o ligas vigentes. Eso es una arbitrariedad de quien cree que será eterno en esos puestos pero que supone que sus actos no le acarrean responsabilidades. Un servidor público solo puede hacer lo que está en la Ley, en el caso de las elecciones deportivas, ni la Ley 50 de 2007 ni el Decreto 599 y mucho menos la Resolución 20 permiten convocar elecciones con la anuencia y complicidad de agentes regionales y asesores de Pandeportes, sin avisarles a las federaciones y tampoco a las directivas de las ligas vigentes al momento de la elección.

Mientras que en el atletismo no votaron tres ligas y Pandeportes no objetó ni dijo nada al respecto y en el fútbol tres ligas provinciales no votarán tampoco por selectividad de los directivos de esa federación, existiendo un sospechoso silencio por parte de Pandeportes, en el caso de las elecciones del baloncesto, el Director General se adelanta a declarar como ilegal un acto cuando él no tiene competencia para hacer ese tipo de declaraciones que nadie le ha pedido ni le han presentado recurso alguno para que resuelva al respecto.

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<> Este artículo se publicó el 17 de diciembre de 2010  en el Diario La Estrella de Panamá, a quienes damos,  lo mismo que al  autor,  todo el crédito que les corresponde.

La parte económica de los Centroamericanos la manejó el comité organizador

Movimiento olímpico al Día.     La opinión del Abogado,  Docente Universitario  y Asesor Legal del COP, reconocido por el COI…….

ROLANDO  VILLALAZ
villasoc@yahoo.es

PARA NO OLVIDARLO. Los Novenos Juegos Centroamericanos efectuados en nuestro país en abril de este año, se lograron por el Comité Olímpico de Panamá que preside Miguel Sanchiz, al gestionarlo ante la Asamblea de la Organización Deportiva Centroamericana (ORDECA) en septiembre de 2009.   Toda la parte financiera o económica de esos Juegos la manejó el Comité Organizador presidido por Edwin Cabrera y el Comité Olímpico no tocó ni manejó, un solo centavo de lo invertido o gastado por el Gobierno en ese momento.

 

La sede de los Juegos Bolivarianos del 2013 la obtuvo el Comité Olímpico de Panamá presidido por Miguel Sanchiz que en la Asamblea de la Organización Deportiva Bolivariana efectuada en Mérida, México.   En la Asamblea de ODEBO efectuada en Acapulco esta semana, el Comité Olímpico votó a favor de que se le mantuviera la sede a nuestro país y perdimos por el voto en contra de otros cinco (5) Comités Olímpicos que nos quitaran la sede.

 

El Comité Olímpico de Panamá con sus propios recursos llevó a un grupo de atletas a los Juegos Suramericanos efectuados en Medellín en marzo de este año y en la participación de Panamá en el mes de julio a los Juegos Centroamericanos y del Caribe efectuados en Mayagüez, Puerto Rico, con mas de 200 atletas, el Comité Olímpico no manejó un solo centavo y la parte económica fue responsabilidad absoluta de Pandeportes.

 

El Comité Olímpico de Panamá es una organización no gubernamental, autónoma afiliada al movimiento olímpico mundial integrado por otros 204 Comités Olímpicos Nacionales en el mundo y sus integrantes no están en la planilla de ninguna institución del Estado. Igualmente no recibe subsidios ni donaciones de parte del Estado panameño. Su Junta directiva fue electa el 19 de marzo de 2008 al tenor de lo dispuesto en las Leyes 46 y 50 de 2007, la Carta Olímpica y sus Estatutos, para el período 2008-2012.

 

Ningún tribunal de justicia de la República de Panamá ha declarado nula ni ilegal la elección del 19 de marzo de 2008. Tampoco ninguna de las sentencias de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia y del Juzgado Séptimo de Circuito Civil inscritas en el Registro Público, no dicen por ninguna parte ni ordenan, anular ni eliminar la elección de la Junta Directiva del Comité Olímpico de Panamá hecha el 19 de marzo de 2008 conforme a la Ley 50 de 10 de diciembre de 2007.

 

Aún así el registro Público lo hizo.   En el 2007 en el Gobierno de Martín Torrijos, para favorecer a Miguel Vanegas, el director de Pandeportes Ramón Cardoze le pidió la renuncia a la Junta Directiva del Comité Olímpico de Panamá reconocido por el Comité Olímpico Internacional y Panamá fue suspendido a nivel mundial. Hoy, Rubén Cárdenas, actual director de Pandeportes, siguiendo instrucciones del Presidente Ricardo Martinelli, le pide al único Comité Olímpico que puede llevar atletas de Panamá a competencias internacionales, que renuncie para que se hagan nuevas elecciones violando la Carta Olímpica y tratando de tapar los errores del Gobierno y dándole vigencia a un grupo que no puede ir a ninguna parte del planeta a representar nada.

 

<> Este artículo se publicó el  1 de noviembre de 2010  en el Diario La Estrella de Panamá, a quienes damos,  lo mismo que al  autor,  todo el crédito que les corresponde.
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Subsidio electoral y otras frustraciones

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La opinión del  Abogado….


ROLANDO VILLALAZ GUERRA 
villasoc@yahoo.es

Nadie dudaría, si Panamá fuera un país con instituciones democráticas sólidas, que la figura del subsidio electoral, por ejemplo, juega un papel importante en fortalecer a los partidos políticos como herramientas del ciudadano para expresar sus ideas.

Tampoco nadie cuestionaría ni dudaría del porcentaje del Seguro Educativo que le descuentan a miles de panameños, si las organizaciones sindicales realmente educaran y orientaran a sus bases y cada día, en vez de la dirigencia, aumentara, en vez de decrecer, sus integrantes y los trabajadores en general, creyerán sinceramente en un sindicato como parte fundamental en la construcción permanente y constante de una democracia.

Los hechos nos han puesto en evidencia que las propias cúpulas de los partidos políticos y un Tribunal Electoral, no al servicio del ciudadano, sino de esos grupos que controlan los partidos, que este subsidio a la fecha ni fortalece la democracia, ni mucho menos ayuda en lo más mínimo a la formación política de sus miembros de bases.

Por eso es risible que alguien se desgarre vestiduras por un millonario subsidio, que no permea a las bases ni demuestra para qué y de qué lo usan y es por eso que si alguien pretende darle otro uso, no duden de la aceptación de esa sugerencia.

En principio no debería ser así, sin embargo, los grandes partidos y los pequeños, no predican con un ejemplo que le demuestre al ciudadano de a pie cómo ese subsidio sirve en realidad para crear escuelas de formación y capacitación de ideas, capacitar en administración y de organización democrática y que los futuros funcionarios saben o sabrán, cómo se administra un Estado y cómo se conoce el funcionamiento de sus instituciones, o bien que esto no termina en usos banales, discrecionales y caprichosos para unos cuantos dentro del partido.

El problema es que el subsidio electoral ha creado la creencia al político de que a ellos todo se lo deben regalar y como no es plata de ellos, no hay mística ni deseo de procurar fondos para nada y mucho menos de aportar cuotas o procurar fondos por otras vías que no sean del presupuesto del Estado.

Hay ejemplos en otras latitudes como el APRA en Perú, donde el militante o miembro del partido aporta según sus posibilidades y ello no lo hace menos dueño o miembro del partido que otro que puede dar más.

En otros países el subsidio está condicionado a un control total y estricto de todas las donaciones que recibe un partido, sin posibilidad de anónimos o gente que luego cobre por lo aportado en campaña.

En un país donde hay miseria y desnutrición infantil, aumenta el subempleo y el empleo precario, no se pueden destinar millones a quienes no demuestran el uso racional de esos dineros, como tampoco el Tribunal Electoral hace mayor esfuerzo, salvo ciertos círculos exclusivos, en dar a conocer el destino y manejo de esos fondos al ciudadano que paga sus impuestos.

Es probable que el subsidio electoral tenga un sentido de ser, pero, mientras en Panamá ello no sea debidamente justificado ante los ciudadanos, queda la duda sobre la forma como esos dineros son realmente invertidos y si se justifica que se destinen millonarias partidas y no se vea que en el campo político ahora existan personas más conscientes de sus deberes y derechos en esa materia y que los partidos sean verdaderas escuelas del pensamiento y de las ideas y que, entre otras cosas, el clientelismo político se hubiere superado. Lo mismo pasa con el dinero del Seguro Educativo, que se destina para educación sindical y sus pobres resultados en la masa laboral.

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<> Este artículo se publicó el 29 de octubre de 2010  en el Diario La Estrella de Panamá, a quienes damos,  lo mismo que al  autor,  todo el crédito que les corresponde.
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El Registro Público no forma parte del Órgano Judicial. El Registro Público es parte del Órgano Ejecutivo

Movimiento olímpico al día.   De la columna de  opinión de….

ROLANDO VILLALAZ

NO SE CONFUNDAN. Ahora que se habla mucho de separación de los poderes, es bueno aclarar para los que no lo saben muy bien o lo ignoran, que el Registro Público no forma parte del Órgano Judicial o de la Administración de Justicia, tampoco forma parte del Órgano Legislativo o Asamblea de diputados.   El Registro Público es parte del Órgano Ejecutivo y su director general, al igual que el presidente de su Junta Directiva, es nombrado directamente por el Jefe del Ejecutivo; es decir, por el Presidente de la República.

Trompo en una uña. ¿Cómo harán en el Registro Público para justificar, la ‘macarronada’ que hicieron?   Por una parte, ni el Fallo de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia de 31 de diciembre de 2009 ordenó anular ninguna Junta Directiva electa el 19 de marzo de 2008, bajo la vigencia de la Ley 50 de 2007.   Tampoco la sentencia 41 de 22 de septiembre de 2008 del Juzgado Séptimo Civil ordenó que la Junta Directiva electa en marzo de 2008 con los Estatutos aprobados bajo la Ley 50 de 2007 fuera anulada.

Lo que viene.   Un servidor público, de acuerdo a la Constitución Nacional en sus artículos 17 y 18, solamente puede hacer, lo que la ley le faculta.   El artículo 349 del Código Penal tipifica la conducta del servidor público que abusando de su cargo, ordena o cometa en perjuicio de alguna persona, un hecho arbitrario no calificado específicamente en la ley penal será sancionado con prisión de 1 a 2 años o su equivalente en días multa o arresto de fin de semana.  Es lo que se conoce como abuso de autoridad y extralimitación de funciones.

Olvidadizos. La sentencia 41 de 22 de septiembre de 2008 del Juzgado Séptimo Civil no da ninguna orden en el punto 6 de la parte resolutiva, dice simplemente ‘comuníquese a la Dirección del Registro Público’, nada más.   Igual que hizo la Corte Suprema de Justicia con el Amparo de Garantías, solamente le informó de un hecho del que obviamente se derivan consecuencias jurídicas, al suspenderse un resuelto que daba vigencia a las reformas de los Estatutos del Comité Olímpico.   De manera muy curiosa, en el Registro Público, pasaron por alto el punto 3 de la parte resolutiva de esa sentencia, en la que ‘automáticamente’ sin consultar a la Procuraduría de la Administración ni a la Sala Tercera de la Corte Suprema previamente, inscribieron una junta directiva que viola la Ley 50 de 2007, ya que la inscripción provisional de las Escrituras 4181 y 4591 de 20 y 27 de marzo de 2007 respectivamente, se prorrogó en el Registro Público hasta marzo de 2008, por lo cual era imposible acceder a lo pedido por el Juzgado, sin que se anularan esas Escrituras, que ningún tribunal de justicia de Panamá las ha declarado nulas ni ilegales.

Curiosidades. ¿Cómo el Registro Público tiene inscrita una Junta Directiva cuyo Resuelto que le da vigencia a los Estatutos con que hicieron sus elecciones en 2006 no está vigente?   Si el Fallo de la Sala Tercera de la Corte Suprema no anula las elecciones del 19 de marzo de 2008 y la sentencia 41 del Juzgado Séptimo Civil tampoco, cómo una elección hecha en diciembre de 2006 cuando no estaba vigente la Ley 50 de 2007 es inscrita?   ¿Quién le dio esa orden al Registro Público, si esa instrucción no aparece en la parte resolutiva de ninguna de esas dos sentencias?

Ya veremos que pasará en México en la Asamblea de la Organización Deportiva Bolivariana (ODEBO) el 19 de octubre y en la Asamblea de la Asociación de Comités Olímpicos Nacionales (ACNO).  El nuevo Director de Pandeportes, Rubén Cárdenas estará presente en la primera convención mundial del Deporte Olímpico, bajo la premisa de fortalecer la actividad del deporte a través de apoyos mancomunados, sin intromisiones indebidas ni injerencias.   ¿Por qué no va a esa reunión el inscrito por el Registro Público?

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<> Este artículo se publicó el 19  de octubre de 2010  en el Diario La Estrella de Panamá, a quienes damos,  lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

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Con apego al Derecho

La opinión del Abogado y Asesor Legal del COP, reconocido por el COI…

Rolando Villalaz

Hace unos días atrás leímos un artículo titulado ‘Barata magia jurídica’, el cual en su contenido adolece de informaciones exactas y utiliza presunciones no ajustadas al Derecho. En primer lugar, el Amparo de Garantías Constitucionales se interpuso contra el Resuelto, no Decreto Ejecutivo, como dice el artículo, 061-R-56 de 10 de febrero de 2010 expedido por el Ministerio de Gobierno y Justicia en ese momento.

Lo que no hace mención el articulista es que ese Resuelto impugnado, revocó una Resolución 024-R-47 de 26 de enero de 2010 y aquí si es bueno saber ‘la magia jurídica barata’ que se utilizó para revocar una Resolución mediante un Resuelto, que no es tampoco un Decreto Ejecutivo. Lo cierto es que al aprobarse por la Asamblea Nacional la Ley 50 de 10 de diciembre de 2007 y publicarse en la Gaceta Oficial 25937 del 11 de diciembre de 2007, se cambió la forma como se aprobaban los Estatutos del Comité Olímpico de Panamá.

Antes de la vigencia de esa Ley, los Estatutos y sus modificaciones se llevaban al Ministerio de Gobierno y Justicia, pero con la nueva ley, basta que los Estatutos se encuentren aprobados por el Comité Olímpico Internacional y ratificados por el Comité Olímpico de Panamá para que se inscriban en el Registro Público. Lo que desconoce el autor del citado artículo es que la Asamblea General del 19 de marzo de 2008 del Comité Olímpico de Panamá se hizo en base a la Ley 50 de 2007 y tanto la aprobación de los Estatutos como la elección de la Junta Directiva se hicieron conforme a esa Ley vigente en el país y no en base al Resuelto 028-19 de 1 de febrero de 2008 declarado ilegal por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, que se refería a un procedimiento legal efectuado antes de entrar en vigencia la Ley 50 de diciembre de 2007.

El Fallo de la Corte Suprema de Justicia del 31 de diciembre de 2009 en su parte resolutiva, únicamente declara nulo por ilegal el Resuelto 028-19 de 1 de febrero de 2008 y en ninguna parte anula ni elecciones de Junta Directiva, ni Estatutos aprobados con la Ley 50 de 2007. Por tanto, el Amparo de Garantías aún no resuelto en el fondo, lo que corrige es un error del Ministerio de Gobierno y Justicia, que permitió, al producir el Resuelto 061-R-56, que un extraño ajeno al Comité Olímpico interviniera en un proceso administrativo, cuando es claro que a partir del 11 de diciembre de 2007, la Ley establece que los Estatutos del Comité Olímpico de Panamá no deben ir más al Ministerio de Gobierno, sino que basta que acatando la Ley sean éstos aprobados previamente por el Comité Olímpico Internacional (COI) y ratificados por el Comité Olímpico de Panamá (COP), para inscribirse en el Registro Público.

Lo que sí es cierto en estricto Derecho, es que al acogerse el Amparo de Garantías recobra vigencia jurídica la Resolución 024-R-47 del 26 de enero de 2007, que deja sin piso ni techo a una directiva electa con estatutos no aprobados por el COI y que fueron aprobados a la velocidad de luz en el Gobierno de Martin Torrijos en total desprecio a la seguridad jurídica.

Como verán estimados lectores, el Resuelto, no Decreto Ejecutivo, declarado ilegal por la Sala Tercera de la CSJ no abordaba ni contemplaba la anulación de ninguna elección de ninguna Junta Directiva del COP, simplemente se refería a una modificación de los Estatutos hecha antes de la vigencia de la Ley 50 de 2007. Al realizarse la elección de Miguel Sanchiz el 19 de marzo de 2008, no se hizo en base al Resuelto 028-19 del 1 de febrero de 2008, se hizo en base a la Ley 50 de 2007 y así se anota en la Escritura 6341 de 24 de marzo de 2008, que señala que, tanto la ratificación de los Estatutos como la elección de Junta Directiva, se hicieron en base a esa ley y no en base a ningún resuelto declarado ilegal por la CSJ.

Pretender que un Fallo de la Corte que resolvió la anulación de un Resuelto del Ministerio de Gobierno, cambie una Junta Directiva y Estatutos no declarados nulos ni ilegales por ésta, más que magia, es una abierta violación a la garantía constitucional del debido proceso y eso no admite trucos ni doble sentido en estricto Derecho.

<> Artículo publicado el 24 de septiembre de 2010  en el diario La Estrella de Panamá, a quienes damos,   lo mismo que al autor,   todo el crédito que les corresponde.

La opinión de…

ROLANDO   VILLALAZ

Este fin de semana se cierra un ciclo en la reunión de ORDECA en Belice y además del cambio de junta directiva

POR ENCIMA DE LA LEY. Pasando por encima de lo señalado en los artículos 21 y 22 del texto único de la Ley 16 de 1995 y la Ley 50 de 10 de diciembre de 2007 que reforma dicha ley, autoridades gubernamentales permitieron que se inscribiera en el Registro Público una directiva de un denominado ‘Comité’ que no es reconocida por el Comité Olímpico Internacional, tal cual lo ordena la ley vigente y que los servidores públicos deben acatar. Los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional son claros en señalar que las autoridades deben cumplir y hacer cumplir la Constitución y la Ley sin excepciones de ningún tipo.

Cumplimiento selectivo. Al parecer, para ciertos funcionarios de Pandeportes y el Registro Público, el cumplimiento de un mandato de la Constitución Nacional es selectivo, ya que sin revisar la ley, por un lado, registran una sentencia de una elección celebrada en enero de 2007 que no afecta en lo mas mínimo la elección efectuada en marzo de 2008 que corresponde al período 2008-2012, con otros Estatutos aprobados por el COI y estando vigente la Ley 50, y por el otro, aceptan en el Consejo Consultivo de Pandeportes a una directiva de papel, donde lo que se trata es de evadir es un llamamiento a juicio en un juzgado de circuito penal por apropiación de mas de 100,000 balboas, basado en un informe de auditoria independiente debidamente ratificado.

Jugando con fuego. Ya las autoridades del Registro Público anteriores, al intentarse ordenar por un juzgado de circuito que se inscribiera una ‘directiva bruja’ no reconocida por el COI, de manera prudente elevó consulta de legalidad a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia y se declaró ilegal la orden que daba el mismo Juez y Juzgado que ahora es utilizada una sentencia, para cambiar violando la ley, una directiva del Comité Olímpico de Panamá. El riesgo de los ‘genios’ de esa maniobra politiquera es que Panamá no será sede de ningún Juego Centroamericano en el 2013 ni 2014 y la misma se le otorgará a Costa Rica donde las autoridades no se meten para controlar el movimiento olímpico y además la sede de los Bolivarianos en el 2013 va rumbo a ser cambiada u otorgada a otro país, en la medida en que funcionarios del Gobierno actual a espaldas del Presidente Martinelli, le sigan dando luz verde a quienes no les importa la ley ni la Constitución Nacional en su afán de controlar y manipular a organizaciones de la sociedad civil.

Pobre ejecución presupuestaria. Datos del Ministerio de Economía y Finanzas advierten que el Instituto Panameño de Deportes (Pandeportes) en seis (6) meses del año 2010, tienen una horrorosa ejecución de su presupuesto que apenas llega al 4%. Qué se han pasado haciendo esos altos funcionarios de esa institución? Botando gente y buscando controlar las elecciones de las Federaciones para luego así controlar al Comité Olímpico?

Reunión Ordeca. Este fin de semana se cierra un ciclo en la reunión de ORDECA en Belice y además del cambio de la junta directiva, se le otorgará la sede de los próximos Juegos a Costa Rica, ante las actitudes aviesas de ciertas autoridades panameñas que le gusta jugar, pasando por encima de la ley y manejando a su capricho y altanería, temas tan importantes como son el deporte y sus organizaciones.

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Artículo publicado el 3 de julio de 2010  en el  Diario La Estrella de Panamá , a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

¿Se puede o no separar a un procurador?

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La opinión del Abogado y Docente Universitario….

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ROLANDO  VILLALAZ  G.

En 1993 Rodrigo Arosemena, Leo González, Eusebio Marchosky (Q.E.P.D.) y Alvin Weeden presentaron una denuncia criminal contra el procurador general de la época, por el delito de concusión, basados en las afirmaciones hechas por éste en la sesión del 7 de octubre de 1992 de la Comisión para el Control y Erradicación de la Droga y el Narcotráfico de la Asamblea Legislativa.  La Procuraduría de la Administración acogió la denuncia y en cinco meses practicó diversas diligencias que incorporaron al proceso una copiosa documentación.

Igualmente la defensa, constituida desde fines de diciembre de 1992, presentó los escritos, adujo y presentó pruebas y acciones de diverso tipo a favor de su representado.   De acuerdo a lo manifestado en la Comisión de la Asamblea, se había señalado que la Procuraduría General podía descautelar dineros y fondos aprehendidos provisionalmente por estar vinculados a delitos relacionados con drogas, sin la intervención de los tribunales jurisdiccionales.

Se hicieron los cargos de abuso de autoridad e infracción de los deberes de servidores públicos y de violación de sellos y sustracciones en oficinas públicas.

Finalmente, el 28 de octubre de 1993 el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sin ningún salvamento de voto, condenó al ex procurador general a doce meses de prisión como autor del delito de abuso de autoridad y lo absolvió del cargo de sustracción de documentos públicos.

En base a la pena impuesta y por facultad que da el Código Penal, la CSJ suspendió condicionalmente la ejecución de la pena por el término de dos años. En esa época era presidente de la República Guillermo Endara G. (Q.E.P.D) y no recuerdo que se hablara del resquebrajamiento de la Institucionalidad por la realización de ese proceso, que se encuentra perfectamente contemplado en la Ley, tanto en esa época como ahora.

Hasta donde entiendo, tanto el procurador de la Administración como su suplente fueron nombrados en el mandato de Martín Torrijos y en algún momento han militado en el PRD, por lo cual, lo que debe hacerse en propiedad es analizar la Vista Fiscal y la solicitud presentada a efecto de rebatir, si fuere el caso, con argumentos jurídicos los elementos aportados y no descalificar a priori un proceso que está contemplado en la Ley.

Como manifesté en un artículo anterior, nadie quiere un procurador o procuradora como jefe del Ministerio Público que meta preso a ciudadanos violando la Ley.

Pero tampoco queremos personas que usen esos puestos para detener arbitrariamente a nadie, inventar pruebas o interceptar comunicaciones para satisfacer vanalidades o para subir en una encuesta, como parte de un espectáculo mediático sin sustancia y sin pruebas contundentes para ordenar ese tipo de medidas.

Habría que pensar en aprobar una ley de responsabilidad, para que todo aquel funcionario que despida ilegalmente a otros funcionarios y el Estado, producto de ello, deba pagar millones de balboas en indemnización y salarios caídos, que se le obligue a ese funcionario a pagar de su patrimonio esas sumas, que en realidad somos todos los contribuyentes los que pagamos por esos “ errores ” al despedir personal sin fundamento legal en el Ministerio Público.

Manuel A. Noriega cuando lo denunciaron y demandaron dijo que él era Panamá. ¿Quién dijo que el Estado de Derecho es la actual procuradora? ¿O es que ella no puede ser juzgada ni separada de su puesto? Dentro de la Ley hay méritos y procedimientos para hacerlo.


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Publicado el  11  de enero de 2010   en el Diario La Estrella de Panamá , a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

¿Quién nombró a la procuradora?

La opinión del Abogado y Docente Universitario…..
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ROLANDO VILLALAZ G.
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¿Quién nombró a la procuradora?

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Cuando al ex presidente Martín Torrijos le tocó la oportunidad de designar a la procuradora general de la Nación, no desperdició la oportunidad para demostrar, como a la fecha ha ocurrido, que al PRD nadie le iba a tocar a sus altos personeros por un lado y por el otro se garantizaba una alianza con un poderoso grupo económico dueño del Banco donde laboraba en ese entonces la hoy jefa del Ministerio Público.

Ni siquiera los casos que venían del Gobierno anterior a Torrijos fueron llevados con acuciosidad y detenimiento, con los resultados que saltan a la vista. Por ello, hoy Mitchel Doens o Pedro M. González junto a Balbina Herrera, salen a rasgarse vestiduras por una institucionalidad sui géneris, que ellos mismos amoldaron en su momento a las circunstancias de los vaivenes políticos.

Si usted conoce de algún poderoso banquero atrapado en las redes de Rayo Montaño o de la Operación Divino Niño, me lo saluda con un plato de langostinos apanados y si se trata de las Leyes Patrióticas 1, 2 y 3, pues los resultados del extraordinario trabajo del Ministerio Público saltan a la vista con personas detenidas por más de tres años y con pruebas amañadas o ilegalmente fabricadas, quedan como saldo de esa gigantesca operación que iba a acabar con los herederos del Cartel de los Sapos, de Medellín y de Sinaloa juntos, según nos anunciaron en su momento.

¿Cuántos millones de balboas está desembolsando el Estado gracias a los despidos ilegales hechos por la actual procuradora de funcionarios en distintos niveles? ¿Fue pase de factura o el deseo de mejorar algo que lleva cinco años que no arranca?

Ni hablar del caso de los medicamentos contaminados y el “ show ” hecho para llenar el ego de unos cuantos, deteniendo contrario a la Ley, a los ex directores y al director de la CSS en ese momento, no profundizando la investigación por los caminos correctos para esclarecer y deslindar responsabilidades.   Tuvo el Pleno de la Corte en dos ocasiones, una a través de los Habeas Corpus interpuestos y la otra a través de la Sala Penal, a la hora de ordenar una ampliación de las sumarias evidenciando una desastrosa instrucción de las sumarias.

Nadie quiere un procurador o procuradora que meta presas a personas por encima de la Ley, pero tampoco queremos personas que usen pruebas ilícitas para llevar adelante una investigación o que abusen de las detenciones preventivas y otras medidas cautelares, dejando en el limbo a personas sin demostrar ninguna responsabilidad penal de las mismas, mientras los delincuentes de cuello blanco y otros que se regodean en una riqueza económica que solo ha permeado a unos cuantos, siguen en su lujo y veleidades, sin siquiera pisar una sola oficina del Ministerio Público, aunque fuera accidentalmente.

A mi juicio, Torrijos dio en el blanco, puso a quien mejor ha hecho ese trabajo al frente del Ministerio Público y su partido no puede menos que enorgullecerse de que ha pasado inmaculado en su gestión de gobierno, sin importar la diversidad de denuncias que han convertido el eslogan “ cero (0) corrupción ”, en una enorme montaña de desatinos y desaciertos que alguien tendrá que investigar en algún momento.

Por lo pronto, yo les garantizo que de seguir en el cargo la procuradora general de la Nación todo seguirá igual y que siga la fiesta de despidos a lo interno, al fin y al cabo, ella de su pecunio personal no va a pagar los millones de balboas que los contribuyentes desembolsamos por sus errores e ilegalidades ya confirmados por los más altos tribunales de justicia.

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Publicado el 26 de octubre de 2009 en el diario La Estrella de Panamá, a  quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde.

Hacia una seguridad social: solidaria, servicial y humanista

La opinión del Ex Director Encargado de la CSS
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Rolando Villalaz Guerra

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Hacia una seguridad social: solidaria, servicial y humanista

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Hace unos meses atrás, al presentar nuestra propuesta hacia la Caja de Seguro Social, hicimos énfasis en la necesidad de retomar y reforzar entre los funcionarios de salud, administrativos y médico de la Caja de Seguro Social una cultura de servicios, advirtiendo que si ello no se lograra, de nada valdrán los adelantos tecnológicos o herramientas informáticas que pretendan implementarse en esa institución. En ese sentido, recuerdo que una de las tareas que abordamos en septiembre de 2003 con el Dr. Alfredo Arango, fue llevar acabo charlas y pequeñas conferencias en distintos departamentos y direcciones para recobrar la auto estima del personal y tratar de brindarle a la población una atención con calidez y eficacia. Son innumerables las quejas que hay en áreas de atención al público por parte de los asegurados y de la forma poco solidaria y humana como se trata en ciertos casos a quien como propietario de la institución, va a buscar atención médica o de prestaciones económicas.

Sin demeritar los reclamos justos y solicitudes que hacen grupos o sectores a lo interno del Seguro Social, siento que a nuestro juicio, algunos han perdido la perspectiva de la razón de ser de esa institución, ya que quienes reclaman en las ventanillas, citas, medicamentos, cirugías o agencias, son los verdaderos dueños de la misma y es a quienes debemos mitigar cuando no se tiene la respuestas total a los que se pide, procurando que ello sea con calidez, inmediatez y satisfacción, ya que al final eso mejorará la percepción de la sociedad en general.

En esas charlas y pequeños seminarios que procuró llevar adelante el Dr. Arango con nuestro total apoyo, recuerdo haber observado un cambio en el estado de ánimo del personal, indistintamente que este fuera de salud o administrativo, pues muy pocas veces se había prestado atención a los factores o elementos de arrastre que llevan a esa insatisfacción del personal y que no todo es el problema económico, necesariamente.

Me permito hacer estos comentarios, pues en distintas instituciones públicas, no solamente el Seguro Social, hay “cementerios” de computadoras y otros equipos informáticos que de una administración a otra, consideró que se iba modernizar los servicios o trámites por esa vía, pero se olvidaron del recurso humano que debía o debe implementar en la práctica esas “modernizaciones” y al final la insatisfacción y los problemas continúan, pues suponíamos que con una varita mágica todos los problemas se resolverían de la noche a la mañana.

Las profundas transformaciones del Seguro Social, no se pueden medir en tiempo; si obviamos lo pertinente a la cultura de servicio, dejando claro que estos procesos de modernización implican que esos adelantos tecnológicos al implementarse, lleven a que menos personas hagan lo que antes manualmente hacían muchos, ese tipo de aspectos deben conversarse de manera franca y directa con los distintos sectores, pues de lo contrario, en vez de apoyar el cambio, esos mismos grupos o sectores serán un obstáculo no fácil de sortear.

En otro artículo abordaremos aspectos de los profundos cambios que pueden lograrse racionalizando los recursos de la institución y reorientando algunos aspectos que producen enormes gastos en el Programas de Enfermedad y Maternidad y cómo la Caja de Seguro Social puede coadyuvar al Estado a enfrentar la crisis económica mundial que nos afecta y por medio de ello se puede ayudar a promover mas empleo decente en el país y a su vez aumentar los ingresos de la institución.

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Publicado el 10 de septiembre de 2009 en el diario El Panamá América; a quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

¡Fuera del Parlacen!

¡Fuera del Parlacen!
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Según la opinión del abogado…
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Rolando Villalaz

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Hace unos ocho (8) años aproximadamente manifestamos, que la presencia de Panamá en el denominado Parlamento Centroamericano (Parlacen) era más una carga que un beneficio para el país y la forma como lo instrumentó el Tribunal Electoral terminó por demostrar que suficiente con la Asamblea Nacional de Diputados, para tener más gastos que pagamos todos los panameños.

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Cosa Rica tuvo la intuición de no afiliarse nunca a este mal denominado Parlamento, porque no legisla; es decir, no hace leyes y lo que decide en sus reuniones no es de obligatorio cumplimiento en ninguno de los países miembros.

Si la pobreza, el desempleo, la injusta distribución de la riqueza o la inseguridad, hubieran disminuido en estos años en Centroamérica, de verdad que no habría argumentos para pedir la desafiliación de nuestro país, pero son precisamente estos indicadores y su aumento en cada nación, lo que evidencia la inutilidad e ineficacia de este organismo.

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Es posible que la idea de la Comunidad Europea fuera buena, pero son tan distintas las particularidades e idiosincrasia de las clases políticas del viejo continente y la centroamericana que el tiempo ha servido para demostrar que la integración en esa región debe comenzar en los mismos pueblos y no equivocadamente como se ha hecho con una clase política parasitaria, que ni siquiera frente a un Golpe de Estado militar ha sabido jugar algún papel trascendente.

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La democracia ni se acaba, ni comienza con el denominado Parlacen, que más resultó ser una agencia de viajes turística, con toneladas de papel con buenos deseos y demagogia, con suculentos y opíparos banquetes para una clase política que más resta que suma. Mientras tanto, los pueblos centroamericanos no salen de la desesperanza y se ahogan en serios problemas de desempleo, que los lleva a emigrar hacia los Estados Unidos de América y a otros países de la Región.

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Costa Rica, que ha sido ejemplo de modelo democrático y de eliminación del ejército, nunca ha necesitado del Parlacen para seguir repuntando en la Región, ha abierto relaciones con la República China y ha demostrado que seguir con el clientelismo con Taiwán ni da, ni demuestra que sea la mejor opción frente a la situación económica que vive el mundo.

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Esperamos que no se retroceda en la decisión y el Gobierno del presidente Ricardo Martinelli cierre el libro de una desafortunada y onerosa participación panameña en un organismo anodino, que al pueblo panameño, como al resto de Centroamérica, nunca aportó alguna solución concreta o efectiva que sirviera a alguien distinto que no fuera parte de la clase política.

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Publicado el 15 de agosto de 2009 en el diario La Estrella de Panamá, a quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

Crónica de una infamia

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Crónica de una infamia

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Rolando Villalaz Guerra

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Mediante Sentencia del pasado 9 de julio, el Juzgado Décimo Quinto de Circuito Penal luego de Audiencia preliminar, dictaminó el Sobreseimiento definitivo del Lic. Meliton Sánchez y del Ing. Roger Moscote, miembros del Comité Olímpico de Panamá, desestimando las acusaciones infundadas y temerarias hechas en su momento por el Director de Pandeportes Ramón Cardoze, con el aval del Contralor General de la República Dany Kuzniecky, quienes lanzaron toda la maquinaria gubernamental con el apoyo de toda una campaña mediática muy bien montada, para prejuzgar y pretender hacer ver que Sánchez y Moscote eran unos delincuentes y en esto les ayudó muy bien el Ministerio Público que violó la reserva del sumario, la presunción de inocencia y otras garantías procesales, haciendo conferencias de prensa, lanzando acusaciones sin sustento probatorio a alguno, sobre un supuesto mal manejo de fondos en los Juegos de Atenas 2004.

Nada se pudo probar, pero eso sí se destruyó honra y reputación de los denunciados y a cada rato oíamos, leíamos y veíamos a supuestos periodistas, tildando de ladrones y de corruptos a los denunciados Sánchez y Moscote sin respetar los principios procesales , solamente para satisfacer el ego y la persecución montada por el Director de Pandeportes de turno, al que comparaban casi con Dios en materia de deportes.

Si Moscote y Sánchez quisieran, podrían ahora presentar ante los tribunales, denuncias por calumnia judicial y simulación de hechos punibles contra todos aquellos que promovieron y auparon esas denuncias y pedir indemnización por los daños y perjuicios que se les ocasionaron a ellos y a sus familias, que vivieron una zozobra de mas de tres años, producto del revanchismo y deseo de controlar el Comité Olímpico de Panamá.
Este proceso judicial demuestra que el Comité Olímpico de Panamá no se le puede equiparar con una federación deportiva, ni tampoco se puede usar la ley de contrataciones públicas para pretender regular sus actividades. No hubo ningún mal manejo de los dineros que se dieron para esos Juegos como pretendieron hacer ver los señores de Pandeportes y la Contraloría y mas aberrante fue el papel del Ministerio Público que se ensañó sin ninguna razón con personas serias que no debían ser vejados y humillados con medidas cautelares absurdas y sin ningún fundamento racional ni jurídico serio.

En la época del nazi fascismo se decía cuando se quería acabar con la reputación y honra de alguien, calumnia, que de la calumnia algo queda. Quién le resarce hoy a la familia de Melitón Sánchez y Roger Moscote, las incesantes campañas de injurias y calumnias que se desataron contra ellos en diversos medios, día y noche por mas de tres años de manera insistente y sistemática?

Se atreverán a retractarse públicamente todos aquellos que atacaron al Comité Olímpico de Panamá y a sus miembros y dijeron que esa entidad por ese caso, era una cueva de corruptos y maleantes?

Esta es una muestra, de lo que es llevar los procesos judiciales a los medios, para “ganarlos” antes de que se dicte una sentencia judicial y mientras tanto, enlodar reputaciones y desacreditar a personas y organizaciones no gubernamentales, solamente para satisfacer los caprichos y veleidades políticas de quienes creían que eran eternos en un puesto público.  Dios sabrá poner cada cual en su lugar.

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Publicado el 23 de julio de 2009 en el diario El Panamá America, a quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.