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La opinión del Biólogo Pesquero, Profesor Titular de la Universidad de Panamá….
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Ricaurte Pacheco Tack –
rpacheco@cableonda.net–
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El Decreto Ejecutivo No. 486 del 28 de diciembre de 2010, publicado en la Gaceta Oficial No. 26690 prohíbe el uso del arte de pesca conocido como palangre o “long line”, a todas las embarcaciones de 6 o más toneladas de registro bruto. Lo cual afecta sensiblemente a la mayoría de los pescadores artesanales (y a sus familias) ya que las embarcaciones empleadas hoy día por la flota palangrera, superan el registro indicado.
Hay señalar que el tonelaje de una embarcación per se, no guarda una relación lineal con la efectividad en las capturas. Además, la pesca con anzuelos es mucho más selectiva y menos perjudicial que la pesca de arrastre.
Los creadores de esta normativa olvidan que, desde hace unos 5 años, organizaciones no gubernamentales han venido trabajando con la flota palangrera local, en la determinación de los tipos de anzuelos más aptos para la pesca y que tengan un menor impacto en la captura incidental de otros organismos como por ejemplo las tortugas.
El ordenamiento de una pesquería no es al azar ni antojadizo: la tasa de reclutamiento de un recurso es un hecho biológico independiente del registro en toneladas brutas de cualquier embarcación. El reclutamiento es sensible a la remoción desmedida de los reproductores lo cual se debe en parte a la ineficiencia de las medidas de vigilancia y control por parte de las autoridades y no al porte de las embarcaciones.
Si esta es una medida de emergencia, y si se actúa en sujeción al Código de Conducta Responsable, la misma debe ser temporal y basada en datos fidedignos.
Esta disposición permite destacar la necesidad de fundar un Instituto de Investigación y Desarrollo Pesquero destinado al estudio de nuestros recursos acuáticos en el cual se conjuguen los intereses de todos los agentes involucrados en la actividad.
Urge que el Gobierno Central y los grupos implicados en la pesca se aboquen a la aprobación consensuada de Ley Marco y una Política Nacional de Pesca acordes con la realidad del país, tomando en consideración los compromisos adquiridos con relación a la protección del ambiente y la pesca responsable.
Por último, los peces transfronterizos que dejemos de pescar serán capturados en aguas de otros países, a menos que se firme un nuevo decreto que les prohíba emigrar, lo cual me parece bastante difícil e improbable. Es recomendable que el señor Presidente realice amplias consultas con los interesados y expertos, antes de firmar medidas como las que nos ocupa que condenan a humildes trabajadores al desempleo y lo que es más grave aún, sin ofrecerles alternativas.
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<>Artículo publicado el 13 de enero de 2011 en el diario El Panamá América, a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.
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