Derecho y valores

La opinión de…

 

Ruling Barragán Yáñez

El derecho y los valores constituyen dos ámbitos cuyas características y relaciones no siempre suelen ser bien comprendidas. Esta incomprensión desemboca a menudo en problemas prácticos que pueden reflejarse en la administración de la justicia. En sentido estricto, los valores pertenecen al ámbito de la moral; los derechos, al legal.

Sin embargo, esto no significa que no exista –o, peor aún, que no deba existir– ninguna relación entre valores morales y el derecho. De hecho, el derecho nunca está –ni debe estar– desprovisto de valores. Pero, no todos los valores que integran la moral participan (o deben participar) de lo legal en cuanto tal. De otra manera, la incidencia o interferencia de lo moral en el derecho afecta negativamente sus funciones.

Explicaremos esto en lo que sigue. Entre los valores propios del derecho se suele mencionar una tríada clásica: la seguridad, el orden y la justicia.

La seguridad puede considerarse como el valor más básico, si nos atenemos a un orden de realización, no de relevancia. Sin seguridad es imposible erigir –mucho menos mantener– cualquier orden, sea éste social, político o económico. Es por esto que es el valor más elemental. Luego de la seguridad sigue el orden. El orden jurídico –al menos idealmente– permite que la sociedad en su conjunto funcione en armonía. En tercer lugar, se da la justicia, siendo el valor por excelencia del derecho. La justicia no existe ni subsiste en abstracto, sino que se construye sobre las bases de la seguridad y el orden.

Por supuesto, los valores propios del derecho no son los únicos valores. Ellos constituyen apenas una ínfima parte del amplio inventario de valores morales. Podemos citar la amistad, el amor o la compasión, entre muchos otros. Ahora bien, ¿qué relación guardan estos valores con el derecho? Prácticamente ninguna.

El derecho puede subsistir sin ellos; aún más, la incidencia de estos valores en el derecho perturbaría su naturaleza y funciones. Así pues, es bien sabido que la amistad, el amor o la compasión no deben incidir o influir en decisiones judiciales. El espacio y funciones propias del derecho no permiten la intromisión de este tipo de valores. De acuerdo a lo anterior, el derecho puede y debe abstraerse de ciertos valores. Por supuesto, no de aquellos que le son propios y sin lo cuales no podría constituirse y funcionar.

Sin embargo, como bien dijo un jurista, no debemos olvidar que “los valores del derecho no son fines en sí mismos; su sentido proviene de otros valores, que son superiores y que también el derecho trata de alcanzar”. Así pues, existen valores superiores a los del derecho (ya mencionamos algunos) sin los cuales sería imposible un desarrollo humano integral. Si nos limitáramos únicamente a los valores propios del derecho, la vida en sociedad se deshumanizaría. Los valores propios al derecho son necesarios, mas no suficientes.

Por todo lo anterior, se concluye que el derecho exige de por sí determinados valores, a la vez que excluye a otros. Todo buen profesional del derecho tiene el reto de encontrar el balance adecuado entre lo moral y lo legal; el justo medio en que la moral pueda incidir en el derecho, sin que pierda su carácter y autonomía.

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Este artículo se publicó el 1 de febrero  de 2011   en el diario La Prensa, a quienes damos,  lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

Los valores universales

La opinión de…

 

Ruling Barragán Yáñez

En el marco del Día Internacional de los Derechos Humanos que se celebra mañana, 10 de diciembre, resulta apropiado compartir unas breves palabras sobre un tema que, aunque muy divulgado, no suele ser siempre bien comprendido.

Los derechos humanos no pueden ser entendidos si solo nos atenemos a su concepción estrictamente jurídica. Más allá de su presencia formal en nuestras constituciones y códigos como derechos fundamentales, ellos aparecen antes como derechos morales, esto es, como facultades o potestades de orden moral que tiene toda persona con relación a sus semejantes. Ellos nos permiten reclamar y respetar a los demás un conjunto de bienes y libertades que garantizan un nivel de vida digno y nuestro desarrollo como personas.

Desde esta perspectiva, los derechos humanos se conciben como principios éticos globales, esto es, como reglas de conducta para todas las personas en el mundo. Así concebidos, constituyen una “ética mínima”, un código moral elemental –que no exige tanto como el de las religiones–, pero sin el que resultaría imposible convivir humanamente.

La concepción moral de los derechos humanos no debe ser subestimada al compararse con su tratamiento jurídico. El derecho necesita con regularidad estar informado y orientado (incluso motivado) por la dimensión moral de aquellas ideas sin las que el derecho no tendría razón de ser. Nos referimos a las ideas de justicia, libertad, igualdad, solidaridad, respeto, orden, seguridad y paz, entre otras. Ideas que, desde una visión moral, no encarnan sino valores éticos universales.

Así pues, los derechos humanos, estas peculiares normas internacionales que buscan proteger la dignidad humana, se muestran (en sus contenidos más ínsitos) como valores universales. En cuanto tales, no son solo fuente de inspiración de movimientos sociales y políticos, sino que son también la justificación última de toda normativa. Así, pues, ante la pregunta ¿Por qué debo acatar estas normas?, la respuesta apropiada no debería ser “el Estado me coacciona”, o la “sociedad me lo impone”, o “mi cultura me obliga”. La respuesta es que debemos acatarlas , porque descansan sobre valores morales de alcance universal, sin los cuales los seres humanos se ven disminuidos en su desarrollo como personas.

Si entendemos así los derechos humanos, resultará fácil ver por qué otras perspectivas –aunque relevantes, prominentes y aún indispensables (el derecho)– no son suficientes para comprender los derechos humanos de manera integral. Su contenido es fundamentalmente ético; sus normas contienen valores morales con pretensión de universalidad. Así pues, el discurso que mejor aborda su comprensión es el moral, que debería siempre informar, orientar y motivar a cualquier otro discurso o tratamiento que se haga de ellos. De otro modo, corren el riesgo de verse reducidos al puro formalismo o a la manipulación política, desvirtuándose así su naturaleza y finalidad más fundamental.

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<> Este artículo se publicó el  9  de diciembre de 2010  en el diario La Prensa, a quienes damos,  lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

¿En qué podemos creer?

La opinión de…

Ruling Barragán Yáñez

Para las religiones y concepciones filosóficas que estiman las grandes dudas existenciales, la pregunta ¿en qué podemos creer? se comprende plenamente como una de las más fundamentales que pueda hacer un ser humano. Esta pregunta indica la búsqueda de sentido en que todos los seres humanos nos hallamos inmersos a través de los tiempos. Las creencias religiosas o filosóficas que tengamos en torno a ella define esencialmente la actitud que tomamos ante la vida y los demás.

Sin embargo, desde una perspectiva racional no todas las creencias resultan aceptables. La aceptabilidad de una creencia se da en mayor o menor grado; cuán aceptable (esto es, razonable) o no sea esta depende tanto de argumentos como de evidencias. Los argumentos deben ser convincentes y las evidencias, accesibles. Mejor aún, si se poseen ambas cosas. No obstante, es precisamente aquí el gran problema de las creencias. Los argumentos en torno a ellas no suelen convencer a todos. Por su parte, las evidencias que podríamos tener para sustentar una creencia no son siempre accesibles a los demás. Y aun en caso de serlo, podrían ser interpretadas de otro modo.

No obstante, la falta de evidencias o acuerdos no impide que cada persona desee y busque, en su fuero más íntimo, alguna certeza o seguridad respecto a sus más profundas convicciones. Este deseo y búsqueda probablemente sea una perenne condición humana. Al igual que sucede con la belleza, o la felicidad, no podemos dejar de anhelar el encuentro con las verdades más importantes.

Las creencias religiosas e ideas filosóficas sobre el sentido de la vida son sumamente variadas y complejas. No hay ser humano que pueda conocerlas y examinarlas todas, con la excepción –quizá– de una privilegiada élite de intelectuales. Sin embargo, de ser así, esto excluiría a casi toda la humanidad. Innegablemente, se necesita de algo de inteligencia –y a veces mucha– para conocer lo que, en última instancia, realmente importa.

No obstante, cabe la posibilidad de que la verdadera dificultad esté no tanto en el conocer, en especial, si este consiste primordialmente en adquirir información, o incluso ser capaz de generar nuevas e importantes ideas a partir de la misma. Con relación a esta difícil pregunta, “¿en qué podemos creer?” todo lo que me atrevo a sugerir, sin la seguridad que convenceré a mis lectores, pero con la esperanza de que sea tomado en cuenta, es que podemos confiar en que nuestras conversaciones en torno al sentido de la vida son realmente valiosas. Ellas ayudan a formarnos como seres humanos.

Nuestra comprensión de la vida y nuestra manera de ser en el mundo se orienta siempre en los discursos, lecturas y conversaciones que intentan captar el sentido de la existencia humana. Cuando prestamos atención a los otros, al escucharles o leerles sobre sus creencias, valores y convicciones no podemos ignorar la actitud de respeto que tienen hacia ellas. Aunque no podamos aceptarlas, debemos siempre reconocer el respeto que sienten por lo que creen. Simplemente por esto, estamos obligados a respetarles.

Si en algo podemos creer, entonces, deberíamos empezar por esto: respetar la seriedad que tiene el ser humano por sus creencias religiosas o filosóficas acerca del sentido de la vida.

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<> Este artículo se publicó el 18 de noviembre de 2010  en el diario La Prensa, a quienes damos,  lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.
Más artículos del autor  en: https://panaletras.wordpress.com/category/barragan-yanes-ruling/

Enfermedades de los derechos humanos

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La opinión de…

Ruling Barragán

En términos metafóricos, no es incorrecto decir que hay por lo menos tres clases de enfermedades que afectan a los derechos humanos, aparte de sus violaciones flagrantes. La primera (esta clasificación es algo arbitraria) la constituye el escepticismo; la segunda, el cinismo; y la tercera, el pesimismo. En lo que sigue, describo estas patologías y a quienes las padecen.

El escepticismo pone en duda que podamos justificar racionalmente nuestras convicciones acerca de los derechos humanos. Asimismo, pone en tela de juicio los instrumentos e instituciones que se han establecido para su protección. En general, los escépticos tienden a desestimar los derechos humanos como universales y necesarios. A pesar de todo, pueden aceptarlos como positivos para las sociedades modernas, mas los desestiman como relativos y prescindibles. El escepticismo puede ser moderado o radical.

En el primer caso, se desconfía de algunos agentes, instrumentos o instituciones. En el segundo, se desconfía de todo y todos. El primero es aceptable, incluso hasta saludable, pero puede degenerar en el segundo, donde se ven fantasmas y conspiraciones por todas partes.

Los cínicos, en realidad, se burlan y desprecian los derechos humanos, pero aparentan defenderlos siempre y cuando éstos favorecen sus intereses. De lo contrario, los impugnan sarcásticamente; en el fondo, no les importan. La libertad, justicia o solidaridad son únicamente expresiones retóricas, que esconden intereses particulares o agendas ocultas. Para el cinismo, el valor de los derechos humanos consiste en su utilidad; el idealismo (o el romanticismo) en torno a los derechos humanos es cosa de niños, jóvenes ingenuos y bohemios sin trabajo o familia.

En cuanto a la tercera clase, los pesimistas, alguien los define como “idealistas o románticos que se entristecieron y amargaron” (o, que se quemaron o desgastaron, Burnout). A diferencia del cínico, el pesimista está éticamente definido (no llama al mal, “bien” ni al bien, “mal”) y consternado, más frustrado por su impotencia por cambiar las cosas. Lo peor de los pesimistas no es su crítica negativa ante toda iniciativa o logro en torno a los derechos humanos, sino en su inútil pasividad por generar cambios en la sociedad en pos de ellos. En esto, se asemejan a los escépticos cuyas dudas podrían paralizarlos para la acción.

Mantenerse inmune frente a estas tres enfermedades de los derechos humanos en un medio político tan tóxico como el que habitamos es una gran fortuna, casi un milagro, podría decirse. La inmunidad –o recuperación, si se ha padecido de alguna temporalmente– se logra dialogando y conviviendo con personas moralmente sanas, cuyos pensamientos, sentimientos y comportamiento resisten los embates del escepticismo, cinismo y pesimismo.

Aquellos que, pese a todo, mantienen la moral en alto y no claudican a los ideales y valores que constituyen los derechos humanos. Sanos y salvos, aquellos que cuenten con estos individuos a su lado en el diario bregar de las injusticias.

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<> Este artículo se publicó el 3  de octubre  de 2010 en el diario La Prensa, a quienes damos,   lo mismo que al autor,  todo el crédito que les corresponde.

La unidad perdida

La opinión de…

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Ruling Barragán Yáñez 

De los términos “racionalidad” (o “razón”, sin más) y “religión” se han encargado eminentes eruditos en portentosas enciclopédicas filosóficas. Quienes los han leído saben bien que ambos conceptos, razón y religión, son sumamente controvertidos, pero no por ello queda a criterio de cada quien decidir qué significan.

En términos generales, por razón o racionalidad se comprende básicamente la facultad humana de pensar y argumentar de acuerdo a ciertos principios lógicos; por religión se entiende aquellas creencias y prácticas que adopta el ser humano como visión general del mundo y fundamento moral de su existencia.

Según algunos estudiosos, a partir de la modernidad (vagamente, desde el siglo XVI), se resquebraja la unidad existencial entre la pura racionalidad y la dimensión espiritual de la experiencia humana sustentada por grandes filósofos antiguos (por ejemplo, Platón y Plotino) y eminentes teólogos medievales (Tomás de Aquino, Avicena, o Suárez), en el contexto de la cultura occidental.

Hoy día, la ciencia moderna reemplaza a la sabiduría antigua; ya no se habla de Dios o el alma humana, pues el progreso científico–técnico del mundo moderno no sustenta concepciones religiosas o espirituales.

Antes bien, tiende a desestimarlas como ilusiones o fantasías, generando un proceso de “desencantamiento” (Weber), que sumerge a los individuos y sociedades modernas en un universo “humano, meramente humano” (Nietzsche), sin ninguna trascendencia, fundamento o finalidad en sentido metafísico.

Así pues, con “la muerte de Dios” –esto es, cuando las creencias religiosas ya no son aceptables u operantes en el mundo moderno– el hombre se enfrenta a un vacío existencial que la ciencia, el arte o la política al parecer no pueden llenar.   La pregunta “¿por qué debo ser justo, o bueno?” se da entonces de un modo mucho más acuciante y problemático.

Gran parte de nuestros actuales problemas éticos, sociales y políticos se deben al “déficit motivacional” (Habermas) que ha producido la muerte de Dios en la modernidad. Desde hace siglos, intentamos sobrellevar la muerte de Dios con variados cultos seculares: a la nación, al Estado, a la ciencia y la técnica, al capitalismo (o al marxismo), a la democracia (o a los derechos humanos), a la cultura y al individualismo, entre tantos otros.    Tal vez, Dios pervive en ellos en alguna forma, pero de manera fragmentaria, dispersa y debilitada.

En otros tiempos y culturas, la racionalidad no excluía a la transcendencia. Actualmente, no es así, al menos para la cultura occidental en significativa medida. Ante esta situación, es menester replantearnos ciertas preguntas de suma importancia vital: ¿cuál es el sentido y cuánto el valor que le damos a lo que llamamos “racionalidad”?

Asimismo, ¿qué significado y validez otorgamos a lo que denominamos “trascendencia”? ¿Debemos renunciar a una en virtud de la otra? ¿O es posible recuperar de alguna manera la unidad perdida entre la razón y lo trascendente que sustentaba y enaltecía al ser humano en tiempos pretéritos?

De las respuestas que tengamos para estas preguntas, dependerá la orientación moral que le demos a nuestras vidas y el mundo en general.

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Artículo publicado el 28 de agosto de 2009 en el diario La Prensa, a quienes damos, lo mismo que al autor,   todo el crédito que les corresponde.

¿Qué es el ateísmo?

La opinión de…

Ruling Barragán Yáñez


En términos generales, el ateísmo puede ser definido como la negación razonada de la existencia de Dios. En cuanto tal, se trata de una postura filosófica no una doctrina científica. No obstante, el ateísmo recurre a la ciencia moderna para demostrar que la existencia de Dios –en particular, su concepción tradicional y popular– es sumamente improbable. Asimismo, despliega razones filosóficas –en especial, de naturaleza moral– para mostrar que nuestras creencias acerca de Dios y la religión en general son racionalmente cuestionables.

Sin embargo, el ateísmo no siempre se ha comprendido del mismo modo a través de la historia y las culturas.   En la antigüedad occidental, por ejemplo, la no creencia en un dios en particular (aunque se creyera en otro u otros), podía ser considerada como ateísmo. Del mismo modo, algunas doctrinas filosóficas, al igual que ciertas enseñanzas religiosas, podían calificarse de “ateas”.    Tal fue el caso de las enseñanzas de Sócrates y las creencias religiosas del cristianismo.   Por otra parte, en Oriente, las ideas del jainismo y el budismo, sin dejar de mencionar al confucianismo o al taoísmo, han prescindido generalmente de la idea de un Dios creador y personal, lo cual las define formalmente como ateas.

En el occidente medieval, el ateísmo fue una doctrina sumamente extraña. La influencia general del cristianismo en todos los ámbitos de la cultura hicieron del ateísmo una posición filosófica bastante inusual. Para algunos historiadores de la filosofía, el ateísmo en sentido estricto surge en la Edad Moderna, en los siglos XVII y XVIII, especialmente, con los filósofos de la Ilustración Francesa. Estos pensadores consolidan los cimientos ideológicos de un ateísmo “militante”, esto es, una forma de ateísmo que se distingue por el modo intransigente y agresivo con que atacan a la religión, acusándola de irracional y opresiva en su totalidad. Marx, Nietzsche y Freud son los epígonos más conocidos de esta clase de ateísmo en los siglos S. XIX y XX.

En la actualidad, el ateísmo militante encuentra sus más destacados exponentes en el mundo anglosajón con intelectuales públicos como Richard Dawkins, Sam Harris y Christopher Hitchens. Estos “nuevos ateos” (the new atheists, como les ha denominado la prensa angloamericana), al igual que sus predecesores ilustrados, son radicales y proselitistas a extremos inusitados, lo cual les ha hecho proclives a un dogmatismo e intolerancia que incluso resulta irritante para muchos de sus partidarios. En esta línea, tienden frecuentemente a hacer afirmaciones descomedidas al expresar, por ejemplo, que “la religión es la raíz de todo mal” o que “el mundo sería esencialmente mejor si la humanidad entera fuera atea”. Sin embargo, afirmaciones como éstas –expresadas usualmente en un estilo retórico y abusivo– son más bien el resultado de la idiosincrasia de sus expositores, no del carácter per se de sus argumentos.

En nuestros tiempos, el sentido y valor que le demos a la existencia humana dependerá del diálogo que se suscite entre las tradiciones religiosas y espirituales de la humanidad y las diversas corrientes del ateísmo. Todos los que estimamos el diálogo intercultural e interreligioso deberemos esforzarnos por responder apropiadamente los cuestionamientos y desafíos que propone el ateísmo en el mundo contemporáneo.

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Este artículo se publicó el 24 de julio de 2010  en el diario La Prensa,  a quienes damos, lo mismo que al autor,  todo el crédito que les corresponde.

Notas sobre la dignidad humana

La opinión de….

Ruling Barragán Yáñez  

A veces, para comprender un concepto se requiere entender lo que no es, en vez de lo que es. Así sucede con ciertas ideas como la de dignidad humana. Ésta se hace comprensible al entender lo que no es; al conocer, por ejemplo, en qué consisten la vergüenza y el cinismo.

En La Retórica, Aristóteles define la vergüenza como un “dolor o pesar en nuestro ánimo al considerar cosas pasadas, presentes o futuras que pueden deshonrarnos”. Por su parte, la desvergüenza (o lo que hoy llamaríamos cinismo) la define como un desprecio o indiferencia por esas mismas cosas.

En la Ética a Nicómaco, señala que al cometerse una imprudencia es bueno avergonzarse por ella, pues “la imprudencia sin vergüenza constituye un vicio y el que no se avergüenza por las imprudencias que comete, se convierte en un miserable”. Aun así, para Aristóteles la vergüenza no es una virtud por sí sola. “Es absurdo pensar que, por sólo sentir vergüenza, ya se es un individuo virtuoso”.

Por otro lado, Spinoza en su Ética analiza un poco más el estatus moral de la vergüenza. “La vergüenza, al igual que la compasión, es algo bueno –aun cuando no se trate de una virtud– pues muestra que el que siente vergüenza está realmente imbuido por el deseo de vivir dignamente… por consiguiente, aunque un hombre avergonzado se encuentra afligido, es moralmente preferible a un sinvergüenza, que no tiene ningún deseo de vivir con dignidad”.

De acuerdo a lo anterior, una vida humana digna o virtuosa requiere como condición mínima –necesaria mas no suficiente– la capacidad de sentir vergüenza. Esta característica del ser humano nos ayuda un poco a comprender el concepto de dignidad humana.

Así pues, lejos de ser un concepto abstracto, frío y vacío, la dignidad humana es una realidad que podemos constatar inmediata y concretamente a través del sentimiento de la vergüenza, uno de los afectos más naturales y distintivos del ser humano.

Como sugería Spinoza, si tuviéramos que elegir entre una persona que se avergüenza de sus errores y otra que no, tendríamos que escoger a la primera. Hay algo en esta persona que reconocemos como éticamente superior a un individuo cínico. De hecho, podemos decir que en el cinismo identificamos un vicio moral sumamente pernicioso, algo totalmente contrario a la dignidad humana. En su forma más extrema, el cinismo, como radical falta de respeto por los demás, es –en el fondo– una especie de nihilismo, la ausencia de todo sentimiento por el valor de los demás.

Hay todavía esperanza cuando aún poseemos la capacidad de avergonzarnos por el mal moral, propio o del prójimo. Aunque no lo es todo, sin esta capacidad la virtud o la dignidad humana es nada.

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Este artículo se publico el 29 de junio de 2010 en el diario La Prensa, a quienes damos, lo mismo que al autor,  todo el crédito que les corresponde.

De buses y metros

La opinión de…

Ruling Barragán Yáñez

Comparto estas líneas con el lector como un simple ciudadano preocupado por el problema del transporte en la ciudad capital. No soy ingeniero ni empresario, sin embargo, he tenido la oportunidad de utilizar diversos sistemas de metros y buses en varios países. Entre éstos, puedo mencionar los de Japón y el Reino Unido, dos de los mejores del mundo, los cuales deberían estar participando en los proyectos del Metro y los nuevos buses que se están desarrollando a nivel nacional.

Creo que como usuario puedo decir ciertas cosas que quizá sirvan de algo con relación a este asunto. En especial, me dirijo a empresarios e ingenieros, de quienes me gustaría tener comentarios sobre dos sugerencias referentes a buses y metros. La primera sugerencia tiene que ver con los nuevos buses que deberíamos adquirir; la segunda, con la ruta del Metro que resultaría más benéfica.

En cuanto a la primera sugerencia, me parece que la mejor opción para la compra de nuevos buses consiste en aquellos famosos autobuses rojos de dos pisos que circulan en Londres, los East Lancs Olympus (o similares). La gran ventaja de estos buses sobre cualquier otro es que, en la práctica, se trata de dos buses en uno. Más aún: se trata de dos buses que circulan en el espacio vehicular de uno solo. Con estos buses se evitaría congestionar aún más las atestadas calles de nuestra ciudad. Además, debido a sus dimensiones, inducirían a los conductores a manejarlos a una velocidad apropiada.

Sobre estos buses se podría objetar que algunos alambrados impedirían que estos vehículos circularan adecuadamente. Sin embargo, esta objeción se fundamenta en una dificultad técnica menor (la cual se resolvería sencillamente con subir los alambrados). Aparte, esta objeción se sustenta en una idea equivocada de las dimensiones de los autobuses en cuestión. La altura de éstos no es tal cual se asume; de hecho, en la capital transitan vehículos más altos que estos buses. Por otra parte, nadie podría negar que esta clase de vehículos sería un atractivo turístico muy llamativo para nuestro país.

En cuanto a la segunda sugerencia, pienso que la ruta del Metro más benéfica sería una que partiera desde la 24 de Diciembre (o Las Garzas de Pacora), pasando por el Aeropuerto Internacional de Tocumen, los terrenos adyacentes al Corredor Sur, hasta llegar a la Ave. Balboa y finalizar en Albrook. Al respecto, tengo la impresión de que gran parte de los terrenos adyacentes al Corredor Sur (aquellos que apuntan hacia la bahía de Panamá) resultan adecuados para esta empresa. Aunque ya se ha decidido empezar por una ruta desde Los Andes hacia Albrook, no veo cuáles ventajas (técnicas, económicas, viales, etc.) supone la ruta de Los Andes a Albrook sobre la que presento aquí.

Confío en que algunas de estas sugerencias sean tomadas en consideración. La gran mayoría de los usuarios –que no somos ingenieros o empresarios– debemos conocer si, en efecto, se están tomado las mejores decisiones y escogiéndose las mejores opciones con respecto a las rutas del Metro y los nuevos buses.

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Artículo publicado el 1°  de junio de 2010  en el Diario La Prensa, a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

Justicia y legalidad

La opinión de…..

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Ruling Barragán Yáñez


Una de las nociones más elementales en la filosofía del derecho consiste en la distinción entre los conceptos de justicia y legalidad. En principio, todo estudiante del derecho debería conocerla bien desde su primer año de formación. Más aún, el profesional del derecho. Su desconocimiento suele ser causa de negativos efectos en la moral, la política y, por supuesto en el derecho mismo.

En primer lugar, debemos tener en claro que la justicia es un concepto cuyo origen y fundamento es de orden eminentemente ético. En cuanto tal, la justicia o injusticia es una experiencia moral que antecede y trasciende cualquier formulación o administración institucional. Así, las experiencias de injusticia o injusticia existen en todo tiempo y lugar, independientemente de que existan leyes, jueces, procesos, o tribunales. Estos elementos son más bien posteriores y subsidiarios a la experiencia humana de lo justo y lo injusto.

La legalidad es un instrumento para administrar la justicia. Así pues, la legalidad en cuanto tal es un medio para la realización de la justicia, no es un fin en sí misma. Sin embargo, esta realización jamás se da plenamente. La justicia es un ideal o un valor que la legalidad, en cuanto medio o instrumento, intenta realizar. Sin embargo, solo lo hace de una manera limitada e imperfecta, aun en el mejor de los casos.

La justicia no es patrimonio exclusivo de los profesionales del derecho. Sin menospreciar en ningún sentido la innegable y prominente función del derecho en la concepción y el tratamiento de la justicia, debe decirse que esta también le concierne a otras concepciones y tratamientos. Así pues, sociólogos, politólogos y filósofos, entre otros especialistas, también nos brindan una formación en ideas y prácticas de la justicia. Estas ideas y prácticas deberían tomarse en cuenta por abogados y juristas al interpretar y aplicar la legalidad.

La legalidad puede constituirse en un obstáculo para la justicia. En el derecho, este problema suele referirse como el fenómeno de la “ley injusta”. En ocasiones, se dan leyes que propician la injusticia. Por ello, existe la necesidad de renovar y mejorar la legalidad en cada ocasión que resulte oportuna.

En cierta forma, la justicia y la legalidad representan dos tipos de personas. Quienes miran a la justicia sin prestar mucha atención a la legalidad, podría calificárseles de idealistas y románticos. Quienes solo ven la legalidad, sin que les interese mucho la justicia, pudiesen ser considerados como realistas o pragmáticos. La justicia en este mundo requiere urgentemente la síntesis de ambas clases de individuos.

Ningún idealismo romántico puede sostenerse si carece de alguna dosis de realismo pragmático. Asimismo, todo pragmatismo necesita de algún grado de idealismo. De lo contrario, el romanticismo se torna pesimista, cuando fracasa, mientras que el pragmatismo se vuelve cínico, cuando triunfa. O aun peor, ambos pueden degenerar en el nihilismo, donde no hay ya ni justicia ni legalidad.

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Este artículo se publicó el  2  de mayo de 2010 en el diario La Prensa, a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

Los derechos humanos como asignatura

La opinión de…..

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Ruling Barragán Yáñez

En un escrito anterior, sugerimos la creación de una ley a través de la cual nuestras universidades incorporasen una asignatura en derechos humanos en todas las carreras. Por supuesto, una ley de este tipo resulta innecesaria si las universidades introdujeran por sí mismas, a través de sus estatutos, esta asignatura de manera obligatoria.

La violación constante de los derechos humanos en nuestro medio se debe en gran medida a su desconocimiento por parte de los estamentos de la sociedad, en particular los del Estado, que tienen el mandato Constitucional y legal de salvaguardar nuestros derechos fundamentales. Por ello, nos parece razonable esperar que la implementación de un curso universitario en derechos humanos pueda servir para promover y proteger una cultura de respeto por estos derechos.

En este sentido, quisiera compartir a continuación algunas ideas con relación a esta propuesta. Por supuesto, estas son susceptibles de todas las modificaciones y correcciones que fueran pertinentes. Apenas constituyen un borrador. Una ley de esta naturaleza establecería una asignatura denominada “derechos humanos” como una materia obligatoria para todos los programas de estudios, sin excepción, de todas las carreras de las universidades oficiales. Este curso podría ser una materia que correspondiera al primer año de estudios, etapa de especial importancia en la vida universitaria.

Esta ley reglamentaría que la enseñanza de esta materia fuese dictada por todo profesional que tenga un título ya sea de ciencias jurídicas, políticas, sociales humanísticas o religiosas, pero que –adicionalmente– posea también un diplomado, posgrado o maestría en derechos humanos.

Este punto es de crucial importancia ya que los contenidos temáticos de los derechos humanos entrecruzan naturalmente las disciplinas del derecho, la ética y la sociología, entre otras. Por consiguiente, los profesionales del derecho no deben ser los únicos que puedan impartir esta asignatura. Aunado a ello, los derechos humanos no se imparten actualmente en un programa de estudios independiente y especializado. Por ello, para efectos de que la ley pudiera ser implementada, las universidades tendrían que colaborar con instituciones nacionales de derechos humanos para impulsar la creación de programas de diplomados, posgrados o maestrías interdisciplinarias e interinstitucionales en esta materia.

La ley podría contemplar además la creación de una comisión evaluadora de carácter interinstitucional. Esta pudiese ser conformada por un representante de la Oficina Regional en Panamá del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, un representante de la Defensoría del Pueblo y un representante de una universidad oficial. Sería también conveniente la inclusión de un representante de las ONG del país. Esta comisión tendría la misión de evaluar la idoneidad profesional y moral de los docentes en “derechos humanos”. Asimismo, tendría la función de garantizar la calidad educativa de los cursos impartidos e incluso servir de apoyo para su implementación.

Ciertamente, el establecimiento formal de una materia universitaria obligatoria en derechos humanos no será una panacea universal para nuestros problemas sociales, pero constituirá una importante contribución que no deberíamos desestimar para la educación de nuestra sociedad.

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Este artículo se publicó el 5 de abril de 2010 en el Diario La Prensa, a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

Educación superior en derechos humanos

La opinión de….

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Ruling Barragán Yáñez


Los derechos humanos ofrecen un marco de orientación moral, político y jurídico en el mundo contemporáneo. De hecho, los derechos humanos constituyen compromisos nacionales e internacionales que innegablemente contribuyen a fortalecer la democracia y el estado de derecho.

En materia de educación diversos instrumentos internacionales recomiendan introducir el tema en los sistemas educativos. De igual modo, asociaciones, organismos e instituciones nacionales e internacionales no gubernamentales expresan de manera recurrente su interés para que los estados incorporen la educación en materia de derechos humanos en sus sistemas de educación.

En este contexto, las universidades tienen una gran prerrogativa y responsabilidad al poseer el deber de cultivar en las nuevas generaciones de estudiantes y profesionales los principios morales, políticos y jurídicos que constituyen el núcleo de los derechos humanos y que son indispensables para la construcción de toda sociedad libre, justa y solidaria.

Actualmente algunas universidades han introducido la asignatura “derechos humanos” como materia obligatoria en algunas de sus carreras, en especial la de derecho y ciencias políticas. No obstante, es lamentable que la enseñanza formal del tema a nivel universitario no se haya extendido a todas las carreras universitarias. Probablemente, esta situación podría ser subsanada a través de un proyecto de ley que lograra establecer la asignatura “derechos humanos” como un curso obligatorio en todas las especialidades dictadas en las universidades.

La adopción de una ley que incorporase el tema como una asignatura obligatoria a nivel universitario contribuiría a fortalecer el carácter moral y el compromiso social de la educación superior. Para ello, sería necesario el interés, compromiso y labor mancomunada de instituciones como la Defensoría del Pueblo, universidades y las ONG que se dedican a los derechos humanos en Panamá. Aún mejor, si esta labor fuera respaldada por la Oficina Regional en Panamá del Alto Comisionado para los Derechos Humanos; esta tiene entre sus mandatos promover la educación al respecto. El apoyo técnico de la oficina regional sería invaluable para este tipo de proyectos, con base a su amplia experiencia y prestigio internacional.

En cualquier caso, todas las instituciones antes señaladas cuentan con excelentes recursos para proponer o sugerir una ley que estableciera la enseñanza formal de la materia en las universidades. Además, podrían contribuir positivamente en la creación conjunta de diplomados, posgrados o maestrías interdisciplinarias en derechos humanos.

Una educación superior en derechos humanos, sin duda, ayudaría a que nuestra administración pública y de justicia no cometiera los desaciertos que han afectado negativamente a nuestro país ante diversos organismos e instituciones intergubernamentales.

A todas luces, pues, nos parece que una educación universitaria en derechos humanos sería una excelente propuesta educativa para construir un Panamá mejor. Conversémosla y apoyémosla todos los que nos interesamos en ella.

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Artículo publicado el 11 de marzo de 2010 en el Diario La Prensa, a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el credito que les corresponde.

El ideal de la humanidad

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La opinión de…..

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Ruling Barragán

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Hoy celebramos el sexagésimo primer aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). Este insigne documento, suerte de decálogo moral del ser humano en la posmodernidad, enuncia principios y valores de carácter ético, político y jurídico que promueven y protegen un orden normativo internacional.

Luego de 61 años y a pesar de las nobles aspiraciones de la Declaración Universal, las condiciones de vida de la mayoría de los seres humanos están lejos de representar una realización satisfactoria de los ideales de la declaración. Incontables tragedias y miserias políticas, económicas y socioculturales afectan a la humanidad. Ante esto, resulta natural que cínicos y pesimistas sobre los derechos humanos sean confirmados en sus posturas. Los cínicos (a los que no les importa ningún valor o ideal) y los pesimistas (para quienes las cosas siempre van de mal en peor) parecen acertar en su visión de los derechos humanos.

Lo anterior, no obstante, es sólo parte de la historia. A pesar de estancamientos y retrocesos en el proceso histórico de los derechos humanos, no se puede negar que ha habido un significativo progreso. Desde los principios de la modernidad, pasando por distinguidos hitos históricos como la independencia de Estados Unidos (1776) y la Revolución Francesa (1789) es innegable un progreso en la consciencia y libertad humana en torno a sus derechos y deberes universales. Este progreso, aún si parcial y limitado, se ha establecido y consolidado con firmeza en distintas regiones. En gran medida, lo hallamos realizado en los países más desarrollados. Encontramos sociedades y Estados que cosechan con satisfacción los ideales y valores que enuncian los derechos humanos.

Otros entornos, sin embargo, están rezagados en cuanto a la realización efectiva de los derechos humanos. No obstante, estos también aspiran sin excepción a hacer realidad lo que otros pueblos y naciones han venido realizando y disfrutando. A pesar del cinismo o del pesimismo, los derechos humanos siguen su marcha. Pero, como bien señalan sus críticos –y más aún, la experiencia histórica– los logros alcanzados en esta materia pueden debilitarse y aún desvanecerse. Por eso, nos corresponde siempre renovar nuestro interés por ellos, promoviéndoles y protegiéndoles cuando resulte oportuno.

Solo hay una manera de refutar la burla del cínico y el desdén del pesimista sobre los ideales y valores que significan los derechos humanos. Ésta se da en nuestra diaria ocupación y preocupación por los mismos, velando y trabajando por ellos. Únicamente así podremos hacerlos realidad en nuestras vidas, o en las de futuras generaciones.

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Publicado el  10 de diciembre de 2009 en el diario LA PRENSA, a  quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde.