–
La opinión del Comunicador Social…
–
ABILIO ABEL GONZÁLEZ –
aaglopez77@yahoo.com
–
La información de precio es indispensable, para que el consumidor decida al momento de comprar. La Ley 45 de 2007, establece que todos los bienes que se ofrecen en un determinado local comercial, deben tener en forma clara, precisa y en un lugar visible el precio al contado de los mismos.
Según el especialista de mercadotecnia, Iván Thompson, ‘el precio es la expresión de valor que tiene un producto o servicio, manifestado por lo general en términos monetarios, que el comprador debe pagar al vendedor para lograr el conjunto de beneficios de tener o usar el producto o servicio’.
Si los consumidores que acuden a cualquier establecimiento comercial, no ven el precio del artículo o servicio que desean adquirir, entonces desconocen el monto a pagar, por lo que es una falta a la transparencia del agente económico o comerciante hacia sus clientes.
Cifras proporcionadas por la sección de Estadísticas de la Acodeco, revelan que de enero a septiembre del presente año, se dieron en todo el país 219,877 faltas de precios a la vista de los consumidores. De acuerdo a fuentes de esta institución gubernamental, esta es una de las infracciones que regularmente cometen los agentes económicos en todo el país.
Los consumidores deben exigir el derecho a la información de precio y denunciar a los que se oponen al mismo. Asimismo, hay que reportar aquellos casos donde no atiendan su reclamo, cuando al adquirir un producto, cuyo precio es anunciado en el anaquel y al pagarlo el lector de código de barras le registra un precio mayor. Si usted detecta esta irregularidad, no dude en presentar su queja inmediatamente al empleado correspondiente. La Ley de Protección al Consumidor señala que ‘…En caso de que un producto tenga más de un precio marcado por el proveedor, prevalecerá el menor, y el proveedor estará obligado a venderlo con ese precio…’.
En una reciente visita al Mercado Agrícola Central, o de Abastos, como popularmente se le conoce, me percaté de la carencia total de precio a la vista de los productos que allí se comercializan. Teníamos que preguntar de puesto en puesto, para así conocer quién mantenía el mejor precio. Al solicitar a algún vendedor que lo colocara a la vista, nos miraba con desconfianza, ignorando o en una clara infracción a la Ley, nos manifestaba ‘que si nadie lo tenía, por qué él debía hacerlo’.
Esto es un solo ejemplo de lo que acontece en el mercado nacional, pues, si mencionamos todos aquellos locales, como en las llamadas ferias libres, abarroterías, ventas de autos usados, ferreterías, entre otros, tener precio a la vista es como si fuera un pecado comercial. Incluso en algunos supermercados, hay ocasiones en que el precio brilla por su ausencia y cuando el producto tiene un precio menor a otros, lo quitan a la vista y ni el lector de código o verificador de precio lo tiene registrado.
Los agentes económicos, que gozan de la libre oferta y demanda, no tienen ningún motivo para incumplir con informar sobre los precios de sus productos o servicios que ofrecen, a menos que tengan temor a la libre competencia.
<> Este artículo se publicó el 28 de diciembre de 2010 en el Diario La Estrella de Panamá, a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.
Filed under: Gonzalez Abilio Abel | Tagged: Consumidores, Derechos, Información, Precios | Leave a comment »