El derecho de Panamá a retirarse del Parlamento Centroamericano

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La opinión de….

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Dionisio De Gracia Guillén

El insigne jurista mexicano Benito Juárez, recordado como el Benemérito de las Américas, expresó la frase lapidaria: “Entre los individuos, como entre las naciones el respeto al derecho ajeno es la paz”.

El pueblo panameño expresó, el 2 de mayo de 2009, su abrumadora voluntad de elegir a sus representantes ante los Órganos, Ejecutivo y Legislativo, quienes dentro de sus competencias constitucionales configuran, externan la política exterior, compromisos y conducta del Estado en el concierto de las naciones.

Siendo candidato presidencial, el señor presidente Martinelli, manifestó su aprehensión y voluntad de iniciar los trámites jurídicos, para retirar a Panamá del Parlacen, una vez le confiaran la primera magistratura, ya que era evidente la reiterada inoperancia, onerosidad, improductividad de ese foro; y adiciono que entorpece los objetivos de una integración y subsistemas robustecidos con los siete Estados miembros del Sistema de Integración Centroamericano (Sica), ya que muy buenas razones deben tener Belice y Costa Rica para rehusar adherirse.

En ejercicio y cumplimiento del inequívoco mandato popular, el Presidente de la República, ante la ausencia de cláusulas de denuncia o retiro en el Tratado Constitutivo del Parlacen, procura que Panamá como signataria de la Convención de Viena sobre el Derechos de los Tratados de 1969, adoptada por la ley 17 de 1979, se acoja al procedimiento consagrado en ese instrumento del derecho internacional.

En consecuencia, el 19 de agosto de 2009, el vicepresidente y canciller Juan Carlos Varela, en cumplimiento del acuerdo del Consejo de Gabinete, anuncia a los Estados por conducto del Estado depositario (Guatemala), la decisión de iniciar el retiro de Panamá del Parlacen, por consenso durante los siguientes 90 días, en su defecto adoptar la vía unilateral de la denuncia en cumplimiento de la Convención de Viena.

Ante la objeción de Nicaragua y Guatemala del 28 y 29 de octubre, Panamá por conducto de su canciller, el 24 de noviembre, formaliza su decisión de retirarse del Parlacen conforme a la Convención de Viena de 1969, reiterando la voluntad panameña de coadyuvar en una eficaz y fructífera Integración centroamericana, con organismos y subsistemas eficientes, que contribuyan en avenir aquellos Estados que hoy por hoy tienen fundados cuestionamientos en rehusar ingresar al Parlacen.

Como consecuencia de lo anterior, el Órgano Legislativo aprueba y el Ejecutivo sanciona la ley 78 de 2009, publicada en la Gaceta oficial 26425–A, del 11 de diciembre, mediante la cual se deroga la ley 2 de 1994 y la ley 4 de 2005 referente a la adopción del Tratado Constitutivo del Parlacen y su modificación.

Esa ley establece un periodo de vacatio legis, al establecer que tal derogatoria sería efectiva a partir del 24 de noviembre de 2010, es decir un año después de formalizada la decisión de Panamá de retirarse del Parlacen.

Obviamente, es tema pendiente la derogatoria de las normas del Código Electoral sobre el Parlacen, y la revocatoria administrativa, legal o judicial de las credenciales concedidas por el Tribunal Electoral, de preferencia a mediado del 24 de noviembre del 2010, por iniciativa del Ejecutivo.

Queda en evidencia que Panamá ha actuado en acatamiento a las normas imperativas del derecho internacional, al seguir el procedimiento de la Convención de Viena de 1969, que prima sobre el regional, en base al principio del ius cogens.

Por tanto, el derecho de Panamá, de no seguir enclaustrado en el Parlacen, merece y exige el respeto de la comunidad internacional e instancias jurisdiccionales nacionales e internacionales.

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Publicado el  19 de diciembre de 2009 en el diario LA PRENSA, a  quien  damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde.