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La opinión del Abogado…
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Julio E. Linares Franco –
Recientemente un colaborador de este diario de nombre Oriel A. Domínguez C. escribió en un artículo titulado “La Bandera Rota” que en 1903 “… un grupo de masones adinerados desvinculados de los deseos de la mayoría mandaron con plenos poderes a un francés a los Estados Unidos para que en nombre de todos los panameños les regalase a los norteamericanos de forma incondicional y eterna, una franja de nuestro territorio …”.
Debemos aclarar que de acuerdo con las normas más elementales de Derecho Internacional Público, el nombramiento de Bunau Varilla en su condición de “Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario ante el Gobierno de los Estados Unidos de América con plenos poderes para efectuar negociaciones políticas y financieras”, debía concretarse con la entrega de sus “cartas credenciales” para acreditarlo como tal; en adición a que tampoco le habían otorgado “plenos poderes” para negociar y firmar un tratado, por tratarse de un simple nombramiento como representante diplomático de Panamá ante la Casa Blanca. Su nombramiento era solamente para efectuar “… negociaciones políticas y financieras”, según el cablegrama que recibió el 6 de noviembre de la Junta de Gobierno.
El 10 de noviembre de 1903 parten hacia Washington Manuel Amador Guerrero y Federico Boyd con las “cartas credenciales” que facultarían al francés para firmar el Tratado, y así se lo demuestran mediante cablegrama que le envían el día anterior. Y en caso de su renuncia, Amador y Boyd portaban un decreto “que los autorizaba plenamente para negociar directamente con el Gobierno de los Estados Unidos”.
Ambos llegan a Nueva York el 17 de noviembre con instrucciones para Bunau Varilla que textualmente decían: “Usted tendrá que ajustar el Tratado para la construcción del Canal por los Estados Unidos. Pero todas las cláusulas de este tratado deberán ser discutidas previamente con los delegados de la Junta, señores Amador y Boyd. Usted procederá en todo estrictamente de acuerdo con ellos”.
A pesar de que John Hay tenía conocimiento de que los verdaderos representantes de Panamá ya se encontraban en los Estados Unidos, premeditadamente aceptó proseguir las negociaciones con Bunau Varilla pese a que éste aún no estaba capacitado para representar a Panamá. Entonces a las 6:40 p.m. del 18 de noviembre de 1903 y con base al proyecto presentado por Bunau Varilla, la Convención del Canal Istmico de 1903 fue firmada y para colmo de males, a perpetuidad. Dos horas después llegaron a Washington Amador y Boyd, pero ya era demasiado tarde.
Tratemos de conocer los hechos reales y las circunstancias antes de enjuiciar más de 100 años después, con argumentos y adjetivos fuera de contexto y de lugar, a los forjadores de nuestra república.
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<>Artículo publicado el 15 de enero de 2011 en el diario El Panamá América, a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que l
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