Evasión fiscal, un delito social

La opinión de….

Rosario Arias Peña
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Evasión fiscal, un delito social

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Dos noticias recientes llaman la atención sobre el trabajo de la Dirección General de Ingresos, tal vez como respuesta a las críticas que ha recibido el gobierno actual contra el manejo de la política tributaria. Una se refiere a la cuantiosa suma que adeudan los evasores fiscales al Tesoro Nacional, unos 250 millones de dólares, equivalente al 1% del PIB, según el funcionario, y las medidas que se tomarían para impedir la evasión; otra hace referencia a los 58 millones recaudados por la ley de moratoria que se aplicó inmediatamente después de asumir el poder, medida nada novedosa en Panamá.

Estoy de acuerdo con el pago de tributos al Estado; representa posibilidad real de mejorar las condiciones de vida de los sectores históricamente excluidos de los beneficios del crecimiento económico.

Internacionalmente se reconoce que medidas como la moratoria o la condonación del pago de compromisos (impuestos, intereses y recargos) ante el Estado no mejoran la situación fiscal; por el contrario, los morosos de siempre esperan con paciencia la medida para seguir incumpliendo. Además, puede convertirse en factor que desestimula a quienes cumplen a tiempo con sus obligaciones.

La DGI anuncia el cobro de morosidad fiscal con la contratación de empresas privadas, situación que también es cuestionable por el costo de este proceso no requerido. La institución siempre ha cobrado y el problema se podría mejorar internamente.   Si no es así, ¿dónde han quedado los recursos invertidos para modernizar esta dependencia del MEF que deben ser pagados con los impuestos que los contribuyentes honestos aportamos?

Sobre la evasión fiscal, no está claro el método utilizado para calcular esa cifra, significativa ciertamente, aunque de seguro puede estar afectada por subregistros de la información y el método de medición.   En otros países, el que incumple con sus obligaciones tributarias a través de la evasión puede ser hasta privado de libertad.   Es considerado un delito social porque afecta a la población marginada, impidiendo que el Estado mejore la distribución de la riqueza con políticas sociales atinadas y un uso transparente de los recursos, que respondan a planes de desarrollo que estimulen las capacidades y potencialidades de todos. Independientemente de las motivaciones que conduzcan a la comisión de este ilícito, debe ser ejemplarmente sancionado.

Afecta las condiciones de vida de la población, aquel que para evadir el pago de impuestos utiliza figuras como los impuestos no constitutivos de renta, deducciones, gastos personales y familiares, exoneraciones, el fraccionamiento de bienes inmuebles; los que declaran parcialmente, que ocultan sus fortunas amparándose en regímenes especiales, que no entregan facturas exigidas en leyes tributarias; que no dejan rastros de las actividades generadoras de ingresos; los contrabandistas; y muchos más.   Es un delito el que un comerciante retenga el pago del ITBMS a un consumidor por una transacción y se lo quede como si formara parte de sus ingresos.   Esta, desafortunadamente, es la actitud de muchas empresas, grandes, medianas y chicas.

Mientras tanto, los que soportan la carga fiscal son los asalariados, los consumidores, que no pueden evadir el pago de sus contribuciones, los que no se benefician con leyes de moratoria o condonación del pago de intereses y recargos y que deben pagar los sobrecostos que se aplican a los precios de mercancías por medio de los impuestos.

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Publicado el 15 de octubre de 2009 en el diario LA PRENSA, a quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde.

Evasión fiscal, un delito social

La opinión de la Abogada, Economista y Catedrática de la Universidad de Panamá…..


Rosario Arias Peña

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Evasión fiscal, un delito social

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Dos noticias recientes llaman la atención sobre el trabajo de la Dirección General de Ingresos, tal vez como respuesta a las críticas que ha recibido el gobierno actual contra el manejo de la política tributaria.  Una se refiere a la cuantiosa suma que adeudan los evasores fiscales al Tesoro Nacional, unos 250 millones de dólares, equivalente al 1% del PIB, según el funcionario, y las medidas que se tomarían para impedir la evasión; otra hace referencia a los 58 millones recaudados por la ley de moratoria que se aplicó inmediatamente después de asumir el poder, medida nada novedosa en Panamá.

Estoy de acuerdo con el pago de tributos al Estado; representan posibilidades reales de mejorar las condiciones de vida de los sectores históricamente excluidos de los beneficios del crecimiento económico.

Internacionalmente, se reconoce que medidas como la moratoria o la condonación del pago de compromisos (impuestos, intereses y recargos) ante el Estado no mejoran la situación fiscal; por el contrario, los morosos de siempre esperan con paciencia la medida para seguir incumpliendo. Además, puede convertirse en factor que desestimula a quienes cumplen a tiempo con sus obligaciones.

La DGI anuncia el cobro de morosidad fiscal con la contratación de empresas privadas, situación que también es cuestionable por el costo de este proceso no requerido. La institución siempre ha cobrado y el problema se podría mejorar internamente. Si no es así, ¿dónde han quedado los recursos invertidos para modernizar esta dependencia del MEF que deben ser pagados con los impuestos que los contribuyentes honestos aportamos?

Sobre la evasión fiscal, no está claro el método utilizado para calcular esa cifra, significativa ciertamente, aunque de seguro puede estar afectada por subregistros de la información y el método de medición.   En otros países, el que incumple con sus obligaciones tributarias a través de la evasión puede ser hasta privado de libertad.   Es considerado un delito social porque afecta a la población marginada, impidiendo que el Estado mejore la distribución de la riqueza con políticas sociales atinadas y un uso transparente de los recursos, que respondan a planes de desarrollo que estimulen las capacidades y potencialidades de todos. Independientemente de las motivaciones que conduzcan a la comisión de este ilícito, debe ser ejemplarmente sancionado.

Afecta las condiciones de vida de la población, aquél que para evadir el pago de impuestos utiliza figuras como los impuestos no constitutivos de renta, deducciones, gastos personales y familiares, exoneraciones, el fraccionamiento de bienes inmuebles; los que declaran parcialmente, que ocultan sus fortunas amparándose en regímenes especiales, que no entregan facturas exigidas en leyes tributarias; que no dejan rastros de las actividades generadoras de ingresos; los contrabandistas; y muchos más. Es un delito el que un comerciante retenga el pago del ITBMS a un consumidor por una transacción y se lo quede como si formara parte de sus ingresos. Ésta, desafortunadamente, es la actitud de muchas empresas, grandes, medianas y chicas.

Mientras tanto, los que soportan la carga fiscal son los asalariados, los consumidores, que no pueden evadir el pago de sus contribuciones, los que no se benefician con leyes de moratoria o condonación del pago de intereses y recargos y que deben pagar los sobrecostos que se aplican a los precios de mercancías por medio de los impuestos.

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Publicado el 11 de octubre de 2009 en el diario El PANAMA AMÉRICA, a quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde.