Conspiración contra la democracia

La opinión del Secretario General de la Asamblea Nacional de Diputados…..

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Wigberto Quintero

La libertad de prensa es uno de los pilares donde descansan las sociedades dentro de un sistema legítimamente democrático, con un papel cuestionador pero, a la vez, orientador de la opinión pública.

Somos panameños defensores de este derecho inalienable del ser humano, pero también fuertes críticos cuando se utiliza una herramienta tan importante con propósitos aviesos, dirigidos a asestarle golpes bajos a la institucionalidad de una nación.

La publicación en un medio electrónico del hermano país de Costa Rica, que de manera irresponsable vincula al señor presidente de la República, Ricardo Martinelli, con personajes que hoy enfrentan un proceso penal por supuesto lavado de dinero y otras actividades ilícitas en México; no es más que otra patraña orquestada por adversarios del mandatario, basados en una campaña sucia, sustentada en fuentes dudosas las cuales maliciosamente hacen señalamientos graves que no resisten un proceso de verificación medianamente razonable.

El tico acusó y condenó a la vez a nuestro Presidente, sin apego a la verdad, porque nada ha sido probado. Pues no hay verdad solo en quien aparentemente conoce un hecho circunstancial ni solo en el hecho supuestamente conocido, sino en la debida correspondencia entre ambos. Es lo mismo que un flechazo certero no está ni en la flecha disparada ni en el blanco donde dio la flecha, sino en el atinado encuentro entre la flecha y el blanco.

Las fuentes inciertas en el ejercicio del periodismo, aunque se utilizan con cierta regularidad, tampoco pueden erigirse bajo ninguna circunstancia como plena prueba, máxime si ésta no va acompañada de documentos auténticos u originales que avalen lo dicho por quien se escuda en chismorreos y no en la verdad.

Desde mi punto de vista, esta serie de publicaciones en este medio electrónico que aún no han podido comprobarse, constituye un delito contra la personalidad interna del Estado panameño; en virtud del artículo 307 del Código Penal, el cual establece que “el que ofenda o ultraje al Presidente de la República será sancionado con pena de 6 a 10 meses o de 20 a 50 días multa”.

Esta norma surge luego de grandes debates a través de la historia, tanto en Panamá como en otros estados del continente y se consolida con doctrinas del Derecho Constitucional y Penal, basados en el principio de que el Presidente de la República es la voluntad y la expresión de todo un pueblo. Es decir, es la representación política genuina de la nación a nivel nacional e internacional. A esto le agrego que no podemos soslayar que su ascenso al solio presidencial lo alcanzó con un 60 por ciento de los votos.

Para concluir reitero que bajo el manto y el blindaje de fuentes confusas manipuladas es imposible permitir que se mancille la majestad del presidente de la República y, por ende, de todo el pueblo panameño. No queremos pensar que se trata de una conspiración para derrocar al Presidente Martinelli.

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Este artículo se publicó el  23  de mayo de 2010 en losl diarios  El Panamá América y en La Estrella de Panamá, a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.