¿Quién tiene que ahogarse?

La opinión de…

 

Nelson Antonio Lara

Hace cuatro años, la ciudadanía quedó consternada. En un autobús, 18 personas perecieron calcinadas y 25 más resultaron heridas.   Sus familiares quedaron afectados por la pérdida y las secuelas de este accidente. Los involucrados son hombres, mujeres y niños, que diariamente tienen que trasladarse en este medio de transporte hasta sus ocupaciones y regresar a sus hogares, convencidos de llegar con bien.   El 23 de octubre se ha convertido en una fecha para recordarnos este incidente que se pudo prevenir.

Del mismo modo, cuando comienza el año, decenas, cientos y hasta miles de persona toman cualquier día que les parezca conveniente para realizar una travesía en la que presumen les espera una divertida estancia entre familiares o amigos, y se dirigen a los sitios recreativos de nuestro país, ya sea de piscina, playa o río, confiados en regresar sanos y salvos. Pero la realidad que enfrentan es otra, ocurren casos de ahogamiento o accidentes acuáticos, y muchos de los lugares en que ocurren son reincidentes, con sus respectivas cuotas de muertos y afectados, sin que nadie garantice la seguridad de los bañistas.

Ni bien empezaba el año 2010, las playas Las Lajas, La Barqueta y Santa Clara se cobraron los primeros muertos en sus aguas. El balneario de río Las Mendozas, para el Carnaval, hizo lo suyo como siempre. Y es que en el decenio de principios del siglo XXI, las aguas panameñas han cobrado la vida de cerca de 110 personas por año, en promedio, según cifras facilitadas por Estadísticas Vitales de la Contraloría General.

La temporada seca llegó, pero antes celebramos las actividades propias de los últimos meses: separación e independencia de Panamá, Día de la Madre, Navidad y fin de año, durante las que aquellos que no desean las aglomeraciones de los desfiles o quieren terminar la celebración se dirigen a los diferentes destinos acuáticos, en su mayoría playas y ríos, que hoy por hoy siguen sin la protección permanente, garantizada por nuestra Carta Magna y fortalecida por la Ley No. 19 de 2007.

Lo peor es que mientras no sean 18 o más los accidentados en una misma playa, el mismo día, a la misma hora, nadie tomará el asunto del bienestar de los bañistas en su justa y correcta medida. Con todo y las advertencias que hemos hecho por años, y muy a pesar de la existencia de la citada ley que “obliga” a todas las instalaciones (públicas y privadas) que tengan áreas acuáticas o accesos a éstas a “contratar” los servicios de guardavidas, lo que no se está haciendo aún cabalmente.

Aun así, llegó el verano panameño y surgieron, como siempre, los famosos operativos de vigilancia playera que han demostrado no solo ineficacia, sino deficiencias, porque con un reducido grupo de hombres y mujeres entrenados como guardavidas, solo se cuida menos del 5% de la totalidad de los balnearios conocidos en nuestro pequeño, pero bello país, más que todo en el Pacífico.

¿Quién tiene que ahogarse para que se tomen las medidas necesarias? Queda demostrado que mientras no sea una personalidad la que esté involucrada en una situación de peligro, las autoridades se desentienden del problema. Confiamos en Dios que esto no sea un vaticinio y que no tenga que pasarle a alguien “importante” una desgracia, para que se tomen las acciones que venimos pregonando desde hace tiempo.

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Este artículo se publicó el 5 de febrero  de 2011   en el diario La Prensa, a quienes damos,  lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

Inspecciones de Sinaproc en balnearios son ilegales

La opinión del Presidente Ejecutivo de la Asociación de Guardavidas  de Panamá

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Nelson Antonio Lara

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Recientemente el SINAPROC retomó las inspecciones a los balnearios en un autoritario esfuerzo de hacer cumplir la Ley N° 19 de 5 de junio de 2007 o Ley de los Guardavidas. Aunque muy loable la tarea, en este país estamos acostumbrados a ignorar las leyes o pisarlas y esta institución lo hace cada vez que puede, en un alarde de hacer lo que no debe para conseguir lo que no puede.

Ya lo demostró en el pasado el Dr. Roberto Velasquez, que sin ser experto en ninguna de las materias relacionadas al socorro y la asistencia humanitaria, que es lo que orienta a la protección civil como actividad, llegó al cargo de director general, simplemente gracias al dedo político, porque la Ley 22 de 1982 que creó la institución indicaba que era de libre nombramiento o remoción por parte del Presidente de la República.

Recordemos que la protección civil como tal, fue instituída por el Movimiento Internacional de Cruz Roja y Media Luna Roja en sus Protocolos de 1977 adicionales a los Convenios de Ginebra de 1949 que dan origen a la Cruz Roja y aprobada en nuestro país mediante la Ley N° 21 de 1995, que en su artículo 61 indica: «se entiende por protección civil el cumplimiento de las tareas humanitarias destinadas a proteger a la población civil contra los peligros de las hostilidades y las catastrofes, y a ayudarla a recuperarse de sus efectos inmediatos».

Que nosotros sepamos, los accidentes acuáticos le ocurren a una o varias personas en un momento específico en el ambiente acuático, por lo que no pueden ser consideradas catástrofes, mucho menos hostilidades contra la población civil. Además, la Ley del Salvamento Acuático establece una Junta Técnica como regente en la materia y el SINAPROC no es parte de la misma como para que se esté haciendo cargo de las tareas propias de este organismo.

Tanto como que se puede considerar fantasma a la junta que se instalara a puerta cerrada en el despacho del Viceministro de Gobierno, mediante una resolución que hasta la fecha no se ha publicado en la Gaceta Oficial. O sea que cualquier acción o decisión que la misma tome no se puede considerar válida, por no cumplir un aspecto tan sencillo especificado en la Ley N° 38 de 31 de julio 2000, QUE APRUEBA EL ESTATUTO ORGANICO DE LA PROCURADURIA DE LA ADMINISTRACION, REGULA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL Y DICTA DISPOSICIONES ESPECIALES.

En fin, las acciones del SINAPROC, aunque procuren que las instalaciones cumplan con los aspectos de contratación y equipamiento de personas entrenadas como Guardavidas, las mismas pueden ser anuladas si cualquier instalación que se considere afectada demandara a esta institución, simplemente porque no es la autoridad instituida para ello.

Ahora la pregunta que surge es; Cómo una institución que se declaró a si misma incapacitada para poder brindar el servicio de vigilancia de playas de cada temporada seca, puesto que se ahogó un ciudadano en Playa Santa Clara que es un lugar cubierto por la misma, tiene ahora la moral para exigirle a las áreas acuáticas de recreación y deporte que cumplan con la norma, si ella misma no lo hace?

Peor aún, de acuerdo a la Ley N° 19 de 2007 las instalaciones tanto PUBLICAS como privadas tienen la obligación que en las áreas acuáticas de recreo; a contratar Guardavidas y equiparlos para la seguridad de sus visitantes, el SINAPROC estuviera limitando el derecho constitucional al libre tránsito por el país al indicarle a los organizadores de paseos que si no contrataban profesionales en salvamento acuático no podrían realizar su actividad. Si ni la misma institución los tiene, de donde lo iba a sacar el público.

El SINAPROC es solo para desastres, está indicado en las normas que regulan la protección civil en nuestro país, ya se metió en camisa de once varas durante el verano, no quiera intentarlo de nuevo.

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Nota publicada en Facebook el 6 de junio de 2010  a las 22:56, en la cual se etiquetó a este medio para su publicación por el autor, a quien damos todo el crédito, el mérito y la responsabilidad que le corresponde.

Voluntarios o carne de cañón

La opinión de….

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Nelson Antonio Lara


El guardavidas voluntario es la persona que sirve a la comunidad por decisión propia y libre, sin percibir remuneración económica; de forma que el servicio que brinda debe cumplir tres condiciones: ser desinteresado, intencionado y legítimo, y estar justificado. No es un pasatiempo ni un entretenimiento, sino que persigue la satisfacción de necesidades que se han definido como tales y que, generalmente, buscan el beneficio de otros, gracias a un esfuerzo personal, movido por algo.

Eso lo aprendí cuando entré a la Cruz Roja Panameña en 1991. Recuerdo que no se podía pasar de aspirante si, aunque se supiera todo sobre las técnicas de socorro y demás, no se había recibido la charla acerca del voluntariado, que era parte de los temas más importantes de introducción e inducción para ser miembro de esta institución y participar en sus actividades y operativos.

Me hice salvavidas en 1993 con la Cruz Roja Americana y guardavidas en 1994 con la Cruz Roja Panameña. Desde entonces, participé voluntariamente de los operativos de playa de esta institución (cinco veces para ser honesto), antes de ser miembro fundador y directivo de lo que hoy es la Asociación de Guardavidas de Panamá.

En 16 años de laborar como tal, conocí que el salvamento acuático en Panamá no tenía reglas, que los únicos realmente beneficiados son los políticos, tanto como los empresarios, y los que siempre salen perjudicados somos nosotros, porque hay que estar loco para permanecer a la orilla de una piscina, playa o río bajo el inclemente sol, o entrar al agua para hacer un rescate, alcanzar a la víctima y brindarle asistencia. Que se le seque a uno la ropa puesta tiene sus riesgos, tanto como que el cuidado de decenas, cientos y hasta miles de personas conlleva una gran responsabilidad.

El salvamento acuático se ha convertido en una de las profesiones mejor pagadas en muchas partes del mundo; sin embargo, en nuestro país no sucede igual, sigue huérfana. Aquí se contrata o se coloca gente sin entrenamiento para que haga nuestro trabajo, y a los que estamos preparados y vivimos de esto, se nos cuestiona sobre el valor de nuestra labor. No nos brindan equipos y nos asignan tareas que no tienen que ver con nuestra actividad, que muchas veces nos alejan de nuestra zona de responsabilidad.

Para sanar la herida en la moral de los guardavidas, nuestra asociación elevó a la Asamblea Nacional una propuesta, que hoy es la Ley No. 19 de 5 de junio de 2007, procurando que, al hacer obligatoria la contratación y equipamiento de profesionales en las áreas acuáticas (públicas y privadas), se cumpliera con el estricto ordenamiento de la seguridad ciudadana en nuestras aguas de acceso público.

Lo primordial sería que, desde la promulgación de la citada ley, casi todos los balnearios de piscinas, ríos y playas del país contaran con nuestra gente para garantizar el bienestar de los visitantes y que, como en toda profesión, se les pagara por su trabajo. ¡Pero no!, como todos los años, los miembros del Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc) –que se llaman a sí mismos parte interesada en el tema– colocan a personal voluntario en los balnearios, cuyos administradores lucran y, a la vez, se benefician de este servicio gratuito.

¿Y todo para qué?, para que el nombre del director general de Sinaproc aparezca en los medios de comunicación, como el que tiene la varita mágica y la solución en materia de seguridad en las playas; simplemente para asegurarse propaganda política gratuita y poder aspirar a la posibilidad de un cargo de elección popular, como quedó demostrado en el pasado, aunque para ello, le pase por encima a la Ley No. 7 de 2005, a la Ley No. 19 de 2007 y a cuanta norma le parezca conveniente.

Lo que los voluntarios, por su devoción a la institución que los acreditó y su espíritu altruista y solidario, no han notado es que están siendo utilizados y que en el momento que algo les pase, el director solo podrá llegar donde sus seres queridos a decirles: “era una persona muy abnegada, hacía lo que tanto amaba, lamento su pérdida”. Esto, señores, no pone platos de comida en la mesa de madres o esposas que no verán a los suyos volver a casa por ser tan sacrificados.

La Ley del Salvamento Acuático existe por y para la población, porque garantiza que habrá alguien altamente entrenado, adecuadamente equipado y económicamente satisfecho, que cumplirá cabalmente con sus tareas, procurará mantenerse en óptimas condiciones físicas y perfeccionarse constantemente, porque posee todo lo que necesita, tanto más que si fuera voluntario.

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Publicado  el   14  de  enero  de 2010  en   el  Diario  La  Prensa, a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

Sinaproc, ¿alertador o alarmista?

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La opinión de….

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Nelson Antonio Lara
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Por años, venimos indicando que la protección civil no tiene que ver con el salvamento acuático, aunque pequen de expertos en el tema por haber estado realizando operativos durante la temporada seca o bien capacitando a personas para fungir en esta área de la seguridad pública que es paralela a ella.

Hay que considerar que protección civil o defensa civil fue creada gracias a los protocolos adicionales a los convenios de Ginebra que dieron origen al movimiento de la Cruz Roja o Media Luna Roja y que actualmente tiene que ver con la prevención o asistencia que se les provee a las comunidades antes o después de una situación de desastre. Reitero: asistencia que se les provee a las comunidades en casos de desastres.

El hecho de que en Panamá estén “en todo menos en rezar” no los hace los más expertos de las otras áreas que no son propiamente la suya; peor aún es que esta institución haya sido utilizada de bastión político para procurarle a quien ocupa el cargo de director general las posibilidades de aspirar fuertemente a un cargo de elección popular, como quedó demostrado en el reciente torneo electoral.

Ahora bien, no siendo realmente experimentados en salvamento acuático, puesto que para ellos es una actividad de los domingos de la temporada seca, ¿qué los hace pensar que son conocedores de la materia como para estar alarmando a la población con avisos de mareas altas y su posible peligrosidad?

Lo digo porque en un reciente anuncio advertían a la población de abstenerse a acudir a las playas, so riesgo de quedar en situaciones de peligro, lo que no fue así, porque el mar tiene su temperamento y depende de varios factores.

Para aclarar las cosas a todos, incluyendo al director de Sinaproc, las mareas son un fenómeno natural que obedece a la influencia de la gravedad de la Luna sobre el planeta; y las olas son un fenómeno natural que obedece a los vientos de las tormentas en alta mar. Cuando la superficie del mar se perturba, produce olas más altas de lo acostumbrado. O sea que, si la marea alta coincide con la marejada, tendremos un fenómeno de fuertes y altas olas que llevan agua más allá de la línea promedio de marea alta, como ocurrió hace unos meses e inundó las casas en Puerto Caimito que estaban pegadas a la playa.

Recuerdo bien que bajo la alerta –más bien la alarma anterior– me tocó trabajar en un club de playa y la gente me preguntaba si el mar representaba un peligro, como lo decían los avisos de Protección Civil. Aquella vez las mareas altas se registraban entre las 4:00 a.m. y 6:00 p.m., las olas no pasaron los 30 centímetros de altura, por lo que no representaban peligro alguno para los visitantes.

En fin, ¿cuál es el afán del Sinaproc de estar alarmando a la población para que no acuda a los balnearios de playa? Lo que deberían hacer es tratar de coadyuvar a que las comunidades playeras contraten los servicios de más guardavidas, para garantizar que los bañistas estén debidamente resguardados y para que, en caso de que el mar represente un peligro real, ellos puedan prevenir y advertir a la población sobre los riesgos.

Administrar una institución cuyo servicio es paralelo al salvamento acuático, no hace al responsable un experto en el tema. Señor director, haga que en las playas se cumpla la Ley No. 19 de 2007 y déjenos a los expertos determinar in situ la peligrosidad o no de estos lugares, cuando de verdad se den los fenómenos. Deje de alarmar a la población, cuando desconoce las condiciones reales del mar.

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Publicado el  10 de diciembre de 2009 en el diario LA PRENSA, a  quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde.

Sinaproc… ¿para qué?

Sinaproc… ¿para qué?


La opinión del especialista en salvamento acuático….

Nelson Antonio Lara

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La protección civil o defensa civil fue concebida como un auxiliar de la Cruz Roja en cada país, se estableció en los protocolos de 1977, adicionales a los Convenios de Ginebra de 1949 que dan propósito a esta organización mundialmente reconocida, creada en 1863 para el socorro y la asistencia humanitaria.

En nuestro país se inició con la creación del Sinaproc para desastres o al menos eso dice, mediante la Ley No. 22 de 15 noviembre de 1982.

Fue reorganizada, sin cambiar su propósito, a través de la Ley No. 7 de 11 febrero de 2005 y, poco a poco, ha ido metiéndose en cada actividad hasta ir desplazando a las que de verdad son experimentadas en ellas.

Y es que más clara no puede ser la norma citada cuando su artículo tres indica: “… institución encargada de ejecutar medidas, disposiciones y órdenes, tendientes a evitar, anular o disminuir los efectos que la acción de la naturaleza o la antropogénica pueda provocar sobre la vida y bienes del conglomerado social”, resumiéndose así su objetivo general y funciones.

Entonces, ¿cómo es que vemos a personas identificadas con los colores y emblemas del Sinaproc en cuanta situación se da, desde accidentes de tránsito, recuperación de cadáveres, incendios, casos policivos, corte de árboles caídos y, ahora, hasta operativos de profilaxis social?   ¿Tiene esto que ver con los desastres? ¿No será que andan detrás de alguna candidatura, como siempre?

Esta institución, que alguna vez se concibió para coordinar y organizar a las instituciones y organismos que deben responder y dar soluciones ante situaciones de desastre, como lo hacen los otros organismos similares de la región, ahora se ha convertido en el puesto favorito para aspirar a lanzarse a cargos de elección popular, como lo demostró el Dr. Roberto Velásquez.

¿Operativos de profilaxis social? Toda la ciudadan ía se pregunta qué hacía el Sinaproc allí.   Y es que los que somos especialistas del rescate, socorro y asistencia humanitaria estamos hastiados de ver cómo se inmiscuyen en nuestras actividades, como si fueran eruditos en el tema, rebasando los límites que les da su Ley, todo por complacer los caprichos del director de turno, que solo Dios sabe si este de verdad tiene idea de lo que está haciendo.

Yo soy profesional especializado en salvamento acuático desde hace 16 años.   No tengo mi pared llena con certificados de los cursos que he tomado;  más bien están en un sobre bajo la cama, porque no necesito que nadie sepa lo que sé hacer o hasta dónde he llegado.   Hago mi trabajo lo mejor que puedo y no me meto en las cosas que no sé, mucho menos paso por encima de las leyes para decir que soy bueno en esto o lo otro.

El maestro Jesús dijo: “por sus obras los conocerán”, y ya veremos cuando se acerque la próxima contienda electoral qué será lo que actual director de Sinaproc está buscando y si se aprovechó o no de la institución para lograrlo.
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Publicado el 27 de agosto de 2009 en el diario La Prensa, a quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde