El futuro de la prueba sumaria

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El futuro de la prueba sumaria

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ANA MATILDE GÓMEZ RUILOBA

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A un mes y días de la vigencia del nuevo Código Procesal Penal en el Segundo Distrito Judicial (Coclé y Veraguas) y en los procesos de competencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal y Asamblea Nacional, como tribunales de única instancia, comparto algunas reflexiones sobre la prueba sumaria, y esbozo las razones por las que su incumplimiento ha impedido la instrucción de causas penales.

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El Ministerio Público tiene la atribución constitucional de investigar los delitos, pero algunos requieren del cumplimiento de determinadas formalidades legales.

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Es el caso de los delitos de abuso en el ejercicio de sus funciones oficiales o por falta de cumplimiento de los deberes de su destino, en los que debe acompañarse la prueba sumaria del relato del que denuncia lo contrario, o si tal prueba no constara por otro medio cualquiera se ordenará su archivo.

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Legalmente la prueba sumaria es: “cualquier medio probatorio que acredite el hecho punible atribuido”. El verbo “acreditar” se traduce en la seguridad de que algo o alguien es lo que representa o parece. Cuando se denuncia a un servidor público por abusar de su cargo u omisión de sus funciones, el requerimiento de aportar la prueba sumaria le corresponde al denunciante u ofendido.

En la práctica es difícil, por no decir que resulta imposible. Así lo demuestran algunas estadísticas de la Procuraduría General de la Nación correspondiente a los años 2005 —mayo de 2009; en los que, de 381 casos la prueba sumaria sólo fue aportada en tres de ellos, únicos expedientes que se pudieron abrir e investigar.

La Corte Suprema de Justicia ha expresado que: “la prueba sumaria viene siendo la comprobación de que la conducta del funcionario público se ajusta a la descripción que de ese hecho hace? la ley penal o sea la existencia de una acción típica”. (Fallo de 30/10/97). También ha sostenido que “?la formalidad exigida por el artículo 2467 del Código Judicial no se limita a que el querellante aporte un medio de prueba que considere prueba sumaria, sino que ese medio de prueba debe reunir o cumplir con todas las formalidades legales que hagan válida la prueba”. (Fallo de 25/1/07).

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En conclusión, la Sala Segunda de lo Penal afirma que se sanciona penalmente: “? la actividad consciente y reflexiva de emitir una resolución o acto a todas luces desmotivado, que nace a la vida jurídica producto de la voluntad o capricho del servidor público; de un acto dispositivo absurdo e irracional, elaborado o materializado con plena intención para causarle un perjuicio a alguna persona”. (Fallo de 8/9/08).

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Estos son los criterios jurídicos que giran en torno a la prueba sumaria que el Ministerio Público debe aplicar en cada una de sus actuaciones hasta tanto entre en vigencia el nuevo Código Procesal Penal, que elimina cualquier referencia a esta exigencia.

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Publicado el 30 de julio de 2009 en el diario La Estrella de Panamá, a quien damos, lo mismo que a la  autora, todo el crédito que le corresponde.

La historia de un cambio hacia la excelencia

La historia de un cambio hacia la excelencia

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Por:   Ana Matilde Gómez Ruiloba – Abogada, Procuradora General de la Nación, Escritora…
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El año 2005 generó profundos cambios en el Ministerio Público, así uno de sus brazos auxiliares, el Instituto de Medicina Legal (Imel) inició su camino a la excelencia.

Con algunas disposiciones legales dispersas, el Imel era en la práctica, un departamento del Ministerio Público que ofrecía servicios periciales médicos y de algunos laboratorios con una infraestructura limitada, 38 médicos, de los cuales solo cuatro eran idóneos en medicina forense, ya que Panamá no contaba con esa oferta académica, y sin presupuesto propio.

Sin reglamentos, pocos y desfasados protocolos de actuación, el personal era nombrado y removido libremente por el procurador de turno; no disponían de escalafón, cambios de categoría ni estabilidad laboral; la mayoría ocupaba posiciones transitorias. Los médicos prestaban servicios en otras instituciones de salud a pesar de que el Código Judicial establece que “los servidores del Ministerio Público no podrán desempeñar ningún otro cargo público durante el período para el cual han sido nombrados”.

Administrativamente, el Instituto dependía totalmente del Ministerio Público. El presupuesto de 2005, 2.3 millones de balboas, estaba destinado casi en su totalidad al pago de salarios y prestaciones, los proyectos de inversión eran escasos, a excepción del laboratorio de ADN que se gesta en 1998 y se inaugura el 27 de marzo de 2007.

Como procuradora general de la Nación, a pesar de la incredulidad, bloqueo y oposición encontrados, dispuse una profunda reingeniería para alcanzar su modernización y la profesionalización de los servicios periciales. Se definieron como ejes principales de desarrollo: la reorganización administrativa y de recursos humanos, la formación profesional forense y el establecimiento de un marco legal acorde con los cambios. Es así como se establece un nuevo y moderno organigrama, se da cumplimiento a la ley que establece la exclusividad laboral de los peritos, y se inicia el programa de formación de médicos forenses a nivel de maestría profesional, con la Universidad de Panamá.

Con el aporte de los sectores interesados, incluyendo a ex funcionarios médicos, se presenta ante la Asamblea Nacional, el proyecto de ley que crea el nuevo Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Imelcf), aprobado mediante Ley 50 de 13 de diciembre de 2006. Como procuradora, y para consolidar su autonomía, cedí a su junta de directores, compuesta, además del Ministerio Público, por el Colegio Médico de Panamá, el Colegio Nacional de Abogados, la Facultad de Medicina de la Universidad de Panamá y la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el control total sobre decisiones administrativas y el manejo de su presupuesto.

Dicha Ley ordena el concurso de méritos, crea nuevas secciones y garantías laborales, como el pago de un sobresueldo por la dedicación exclusiva.

Al tiempo, otra ley, la No. 69 de 2008, adscribe al Imelcf los servicios periciales de criminalística y sus laboratorios forenses, con lo que se triplica su personal y la oferta y demanda de servicios periciales.

En 2004, el Instituto contaba con morgues muy deterioradas en La Chorrera, que hubo que cerrar, y en David; en las demás provincias se utilizaban las hospitalarias. Hoy se han rehabilitado las de Panamá y David, se construyó y equipó la de Aguadulce que brinda servicios a las provincias centrales, se habilitó un área de la morgue del hospital de Colón para uso forense, el Ministerio de Salud cedió el terreno donde se construirá una moderna morgue en La Chorrera, y se solicitó, para su rehabilitación, la morgue de Santiago de Veraguas.

Para el año 2009 se calcula la práctica de mil 700 autopsias, el doble de las 838 de 2004, por lo que se realizan necropsias los sábados y días feriados. Actualmente se proyecta aumentar la capacidad del depósito de cadáveres y rehabilitar las instalaciones del otrora hospital Gorgas fundado en 1928.

Todo este esfuerzo nos llevará a alcanzar la excelencia y a cumplir con nuestro lema: “Ciencia y Tecnología al Servicio de la Verdad y la Justicia”.

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Publicado el 4 de junio de 2009 en el diario La Prensa.