Sobre el Ordinariato Castrense

La opinión del Mayor en retiro……
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Francisco  A.  Porras  M.

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En la década de 1990, expusimos sobre la necesidad del servicio de capellanes al uniformado panameño, en el 2005 insistimos con mayor sustentación y creo que aún en la actualidad no se entiende bien al Papa Benedicto XVI cuando insiste para nuestro país sobre el Ordinariato Castrense.

Es importante aclarar que el término castrense no es específicamente de ejército, abarca lo policial, ya que castrense se relacione a hombres de uniforme.

Origen del Servicio de Capellanía en las instituciones armadas.

Haciendo un poco de historia, su santidad San Pío X, el 3 de mayo de 1910 en el Breve Pontificio había autorizado este servicio en Chile, en el cual los Capellanes tienen la condición canónica de párroco respecto a los fieles que se le han confiado.  El Papa Pío XII el 23 de abril de 1951 en la instrucción «Solemne Semper» dio un marco general canónico común y uniformado para todos los vicariatos existentes.

El 21 de julio de 1986 el Papa Juan Pablo II autoriza y entra en vigencia la Constitución Apostólica «Spirituali Militum Curae»  «al dirigir su atención a esa porción de su grey que son los Institutos Armados de las Naciones», también se refiere a los derechos y obligaciones de los Capellanes: «brillen con el fulgor de una santidad insigne y sean dignos ministros de Cristo, fieles dispensarios de los Misterios de Dios», este documento oficializa a nivel universal el servicio de Capellanía Militar. Después del Concilio Vaticano II se define «los que hasta ahora se llamaron vicariatos castrenses de ahora en adelante se llamaran Ordinariatos Militares o Ordinariatos Castrenses según las preferencias de cada país.

El historiador Sozameno, en su Historia Eclesiástica (430-450) nos narra que el emperador cristiano Constantino: «cada vez que afronta una guerra, llevaba una tienda a modo de capilla, para que ni él ni su ejército se vieran privados de alabar al señor, rezar juntos. Lo seguían sacerdotes y diáconos con el encargo de atender el lugar sagrado y celebrar con el las sacras funciones».

Servicio de Capellanía en Panamá

El servicio de capellanía en Panamá, en los años 1974-75 cuando la Guardia Nacional de Panamá cumplía Misión de Paz en apoyo de las Naciones Unidas (conflicto Árabe-Israelí) allí estuvo la presencia del servidor de Cristo en el apoyo al soldado panameño. Mediante carta de G. McGrath el 5 de mayo de 1976 enviada al coronel Armando Contreras autoriza y designa jurisdicción a algún sacerdote y presbíteros para asistir al hombre uniformado panameño.

El Primer Capellán panameño.

Es posible que ninguna de las razones anteriores sean consideradas válidas por quienes insisten en condenar basados en argumentaciones fuera ya de nuestra realidad, en cuyo caso no estarían razonando sino sintiendo, lo cual por el bien del país esperamos no sea una constante de su argumentación relacionada al acontecer nacional en este tema.

Con esa visual que caracterizó la gestión de Don Gustavo Pérez Álvarez (q.e.p.d) como Director General de la Policía Nacional, en enero del 2005 apoyo y autorizó a un Sub­teniente recién egresado de la escuela de oficiales de la institución, para su ingreso al Seminario Mayor San José, este joven que está en misión de estudios debe ordenarse de sacerdote entre 2012-14; en el único caso que conozco en América donde un futuro Capellán surge de las mismas filas de la institución policial.

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Publicado en dos partes el 24  y el 25 de noviembre de 2009 en el diario El Panamá América, a  quien damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que le corresponde.