¿Prevención o persecución de la corrupción?

La opinión de……

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Jorge Alexander Olivardía B.

La existencia de un Consejo Nacional de Transparencia contra la Corrupción es una necesidad indiscutida, cuando se analiza a la luz de un sistema plagado de caldos de cultivo de corrupción a todos los niveles; alimentado, a su vez, por remedios jurídicos lentos, burocráticos y controlados por intereses que en nada contribuyen al buen hacer de la gestión administrativa y de gobierno.

Sin embargo, la interpretación que de dicha figura ha hecho su actual secretario ejecutivo y mal denominado “zar anticorrupción”, respecto a su naturaleza y funciones, no puede estar más alejada de su naturaleza y, peor aún, de las actividades que pueden hacer de esta una institución eficiente y de verdadera contribución, no solo a la prevención de la corrupción sino a lo que se denomina como ética gubernamental y buen gobierno.

Resulta que recolectar pruebas y testimonios para denunciar penalmente a figuras de un gobierno anterior no tendría nada de malo, en aras de la búsqueda de justicia y respeto por la cosa pública, pero cuando ello se convierte en una suerte de “pánico social” contra los antiguos funcionarios –que ahora luego son de oposición–, sin siquiera considerar lo que sucede en su propio entorno y de cara al futuro, resulta una estrategia cuando menos simplista y poco productiva que, desde el punto de vista político, parece presentarnos una especie de paradoja de Teseo, en la que al cambiar cada cinco años a todas las personas que gobiernan, tendremos una administración pública transparente y libre de corrupción.

Si bien, resulta bienvenido todo aquello que logre esclarecer un caso de corrupción y castigar al culpable, tampoco podemos pasar cada cinco años persiguiendo los actos de corrupción ya ejecutados y cuyo daño y costo ya ha sido socialmente absorbido, cuando lo que debemos hacer es trabajar para que los focos de corrupción en el aparato estatal desaparezcan o cuando menos disminuyan.

Para ello se requiere una Secretaría proactiva, académica y, sobre todo, consultiva, que sepa identificar y diseccionar cada institución de manera tal que permita identificar su funcionamiento, para luego implementar políticas de transparencia y combate a la corrupción en todos los niveles, es decir, prevenir la corrupción.

Lo anterior no se distancia de la presentación de denuncias por actos de corrupción, de hecho esto es parte de las funciones que por ley le están asignadas, sin embargo, la investigación de un acto que pudiese estar tipificado como delito corresponde al Ministerio Público, y su juzgamiento, al Órgano Judicial, con todos los defectos y problemas que puedan imputársele, y no a una entidad administrativa que responde al Ejecutivo de turno.

El buen gobierno no es un problema solo de corrupción, sino además de la correcta prestación del servicio público, de evitar la excesiva burocracia y el abuso de poder, respetando el derecho de ser oído, los derechos subjetivos protegidos por la Constitución y la Ley y, sobre todo, que los remedios y la revisión de las decisiones de quienes toman decisiones administrativas sea rápida, justa y cónsona con los intereses supraindividuales de los administrados.

Sabemos que para lo anterior también existen instituciones como la Procuraduría de la Administración y la Defensoría del Pueblo, sin embargo, la Secretaría Ejecutiva puede ser aquella entidad que desde la entrañas del propio Poder Ejecutivo logre un verdadero cambio preventivo que al final del día resulta ser socialmente menos costoso que la persecución del delito ya cometido.

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Publicado  el   11  de  enero  de 2010  en   el  Diario  La  Prensa, a quienes damos, lo mismo que al autor, todo el crédito que les corresponde.

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