La toga: ¿Qué del alma y espíritu?

La opinión del Político,  Delegado y Director Nacional PRD…

Rafael Pitti 

Son muchas las preocupaciones e incertidumbres que más que político, sino como humilde ciudadano me abruman frente a situaciones que se generan en el país.   Evidentes contradicciones se muestran a diario en los planteamientos de funcionarios en cuanto a temas de ejecutoria o administración pública en la que debe existir dominio y uniformidad de criterio.

De manera olímpica y arbitraria se violan y marginan leyes de la república, tal como ha ocurrido con la implementación del metro bus en los corredores norte y sur.   El decreto ejecutivo en la administración Moscoso, autorizó el recorrido de transporte público a determinadas rutas en esos tramos, exigía que las unidades que prestarían el servicio para cobrar tarifa especial (B/1.00) debieran tener aire acondicionado y llevar sus viajeros sentados. La prohibición de que en esa “vía rápida” los pasajeros vayan de pie, no es más que una protección al usuario, en virtud de fatales consecuencias, frente a un accidente de tránsito, por lo que el malestar expresado por los clientes de este servicio tiene justificada razón.    No obstante es necesario aclarar que en la prestación de transporte masivo en cualquier lugar del mundo, los transportados viajan sentados y de pie.   El error cometido aquí es que por el apresuramiento politiquero pusieron la carreta delante de los bueyes; en vez de en primera instancia construir las paradas y carriles exclusivos para una adecuada fluidez del sistema.

La Constitución de la República establece una armónica colaboración de los Órganos del Estado, bajo esa premisa es bueno preguntar ¿por qué? Nuestros gobernantes no adelantan consultas antes de elaborar iniciativas que promulgan leyes o ejecutar acciones que generan controversia de tipo jurídico, a fin de evitar demandas de inconstitucionalidad o engorrosos procesos de impugnación en asuntos como licitaciones o contrataciones públicas. Hay dos casos que son claro ejemplo de inconsistencia legal y jurídica; como lo es la eliminación de la revocatoria de mandato y la salida de Panamá del Parlamento Centroamericano, ya que lo actuado en Ley no tiene carácter de retroactividad. Aún con mis reservas ante esta decisión, presumo según discernimiento personal, su efecto vigente sería a partir de la elección de 2014.

Diversidad de ejemplos los hay, sin embargo lo que puede ser interpretado un prejuicio, esta basado en el revelador silencio, autoría intelectual o material por quienes están llamados a dictaminar, aprobar o desaprobar las conveniencias o inconveniencias de tales exabruptos. El honor y privilegio de ser adornados e investidos con la majestuosa y reverencial Toga en decanos, jueces o magistrados, tienen que realizar acciones cónsonas con su responsabilidad. Si al aplicar jurisprudencia para impartir Justicia, ignora o se aparta incompatiblemente del principio, alma y espíritu de la Ley y el Derecho; corre inminente peligro la Libertad y Democracia, vulnerando la preciada estabilidad política del país.

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<>Artículo publicado el 29  de enero de 2011    en el diario El Panamá América,   a quienes damos,  lo mismo que al autor,  todo el crédito que les corresponde.

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